La Suprema sin Juica: Sala penal deja en libertad condicional a cinco reos de Punta Peuco
El máximo tribunal del país otorgó, vía amparo, el beneficio de la libertad condicional pese a la negativa de la comisión Ad Hoc.
El pasado 26 de junio, el juez Milton Juica puso fin a su carrera de 50 años en el Poder Judicial y, junto con ello, dejó la ascendencia que tenía como presidente de la sala penal de la Corte Suprema, en los criterios aplicados en materias de violaciones a los derechos humanos.
Hoy, en una una especie de "vendaval jurídico" el máximo tribunal del país -a través de cinco fallos dictados en las últimas horas- otorgó la libertad condicional a cinco oficiales (R) del Ejército que estaban presos en la cárcel Punta Peuco cumpliendo condenas por delitos de torturas, secuestro y homicidio en diversas causas ligadas a ilícitos de lesa humanidad. La sala penal ahora la componen Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Manuel Valderrama y los abogados integrantes Ricardo Abuauad y Antonio Barra.
La liberación de los ex militares se determinó luego que la sala acogiera recursos de amparo que fueron presentados por sus defensas en contra de las resoluciones de la Comisión de Libertad Condicional que sesiona una vez al año, y que en el caso de estos internos de Punta Peuco les había negado el beneficio. Esto último, argumentaba la comisión, pues no se acreditó un requisito fundamental en sus casos: que los informes sicológicos de Gendarmería establecieran que estén corregidos y rehabilitados, el propósito principal del encarcelamiento.
Pese a que los internos cumplían los requisitos objetivos para este beneficio -buen comportamiento y haber pasado más de la mitad de su condena-, dicha comisión no les había otorgado la libertad debido a los informes de la autoridad penitenciaria que establece que estos internos de Punta Peuco no manifiestan conciencia del daño o empatía con la situación de las víctimas y en todos se aprecia que, por el contrario, justifican la comisión del delito o que carecen de conciencia del mal causado. En este escenario, la sala penal liberó a estos internos revocando los fallos de la Corte de Apelaciones de Santiago que habían confirmado la decisión de la comisión ad hoc.
Para la Suprema, en cambio, los informes sicológicos no pueden impedir que el condenado acceda a los beneficios. "Resulta suficiente para revocar la sentencia apelada y acoger la acción deducida, no está de más señalar que, en relación al resultado negativo del informe psicosocial que la Comisión recurrida invoca para no ejercer la facultad del artículo 3° del D.L. N° 321 -erróneamente como se ha dicho, pues el secuestro no está mencionado en dicha disposición-, tal alusión no puede estimarse como suficiente para cumplir el deber de motivar adecuadamente una decisión que conlleva prolongar la privación de libertad del amparado, desde que entrega fundamentos genéricos en relación a diversos condenados, lo que no resulta aceptable si dichos fundamentos son atingentes a elementos psicológicos de carácter estrictamente personal", argumenta la Suprema.
Beneficiados
El cambio de criterio de la Corte alertó a los organismos de familiares de víctimas de violaciones a los derechos humanos, quienes ya adelantaban que la salida de Milton Juica permitirá un giro en las posiciones.
Entre los beneficiados con libertad condicional está el oficial (R) Manuel Antonio Pérez Santillán, condenado por el crimen del químico Eugenio Berríos y el suboficial (R) de Carabineros Gamaliel Soto, quien estaba condenado a 10 años por el secuestro calificado del médico Eduardo González Galeno, ocurrido el 14 de septiembre de 1974, en la localidad de Cunco, Región de La Araucanía.
La Suprema, además, liberó a los suboficiales mayores (R) Felipe González Astorga, Hernán Portillo Aranda, José Quintanilla Fernández. Todos condenados a 5 años y 1 día por la detención y torturas de Nizca Baez y la desaparición de su esposo, el estudiante universitario y militante del MIR Alonso Lazo Rojas. En el caso de Quintanilla, la resolución contó con el voto en contra del ministro Manuel Valderrama quien estuvo por no acoger el amparo pues el condenado mantiene vigente otra causa por violación a los derechos humanos.
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.