Llegó la hora de Pradenas: Suprema se prepara para revisar el juicio en que se le condenó a 20 años de cárcel
La segunda sala del máximo tribunal declaró admisible el recurso presentado por la defensa del estudiante de ingeniería comercial a fin de anular el juicio y la sentencia en su contra por delitos de abuso sexual y violación. Desde la perspectiva de sus abogados, durante el proceso hubo evidentes vulneraciones a sus garantías y estiman que la actuación del Tribunal Oral en lo Penal de Temuco fue totalmente imparcial.
Momentos decisivos se viven en torno al caso de Martín Pradenas (30), quien el pasado 26 de agosto fue sentenciado a 20 años de cárcel por dos delitos de violación y cinco de abuso sexual en contra de un total de seis víctimas, hechos ocurridos entre 2010 y 2019 en Temuco y Pucón. Esto, luego de que la segunda sala de la Corte Suprema declarara admisible el recurso que interpuso la defensa del estudiante de Ingeniería Comercial a fin de anular el juicio y la totalidad de la sentencia.
“Pasen estos antecedentes al señor presidente de esta Corte para que fije audiencia para el conocimiento del recurso de nulidad interpuesto por la defensa del sentenciado”, se indica en la resolución de la sala penal del máximo tribunal a la que tuvo acceso La Tercera PM.
El caso de Pradenas se originó luego que la familia de la estudiante Antonia Barra, denunciara que su hija -quien se quitó la vida en 2019- había dejado unos audios en que apuntaba a haber sido víctima de violación por parte del estudiante de ingeniería. La Fiscalía de La Araucanía abrió una causa y durante el transcurso de la investigación aparecieron más víctimas.
De acuerdo con lo expuesto por la defensa de Pradenas -encabezada por los abogados Javier Jara y Gaspar Calderón- durante el proceso se habrían conculcado una serie de derechos a su representado y, por lo mismo, una vez conocida la condena anunciaron que recurrirían de nulidad. “Obviamente no compartimos lo resulto por el tribunal, creemos que habían antecedentes suficientes para establecer que las pruebas no eran idóneas”, sostuvo uno de sus defensores tras el juicio.
Conocida la reciente resolución, entonces, los abogados de Pradenas se manifestaron satisfechos, pues interpretaron que la Suprema consideró que había antecedentes lo suficientemente fundados para ellos entrar a la discusión y verificar la legalidad del proceso. Porque por lo demás, como sostuvieron los profesionales, la fiscalía había solicitado que la revisión solicitada fuera remitida a la Corte de Apelaciones de Temuco y esto fue desestimado.
Dado que en el recurso la defensa hizo presente que disponían de una serie de audios y medio probatorios que darían cuenta de la veracidad de sus argumentos, en su resolución los ministros Haroldo Brito, Manuel Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y el abogado integrante Ricardo Abuauad, solicitaron “precise los fines para los cuales desea hacerla valer, así como las pistas u otros medios donde está contenida señalando minutos y segundos exactos de inicio y término en cada caso”. Para ello, los abogados tiene plazo hasta el día lunes 26.
“No hubo un tribunal imparcial”
Ante la determinación del máximo tribunal, el abogado Javier Jara Müller -integrante del equipo que representa legalmente a Martín Pradenas- manifestó que han “dado un paso más hacia la nulidad del juicio oral y de la sentencia. Con esta admisibilidad, se estimó fundado el recurso y lo van a revisar para saber si las causales invocadas son acogidas o no. Estamos confiados en lo que hemos manifestado, que fue un fiel reflejo de lo evidenciado en el juicio, donde se conculcaron garantías”.
“Hay una serie de garantías que descansas en el principio de inocencia y en la garantía de un debido proceso legal. Hay cuestiones como lo relativo a contar con un juez imparcial, presentar pruebas idóneas, la forma en cómo rendir la prueba, y esas fueron garantías que fueron vulneradas. Hubo una posición marcada extremadamente a favor de la Fiscalía, de la parte acusadora y eso se manifestó a través de una serie de actos, como el hecho de que se les permitió renunciar a testigos y luego contrainterrogarlos, siendo testigos de cargo”, detalló Jara Müller.
En ese sentido, el abogado fue enfático en que en este caso “no hubo un tribunal imparcial y se mal interpretó la perspectiva de género a la hora de fallar, con la que, por lo demás, estamos de acuerdo”.
Para graficar aquello, a modo de ejemplo, el profesional hizo presente que les llamó la atención que el juez redactor del fallo constantemente le diera “like” a publicaciones que eran abiertamente contrarias a Pradenas. “Eso da indicios de que el tribunal no era todo lo objetivo e imparcial que debía ser, de hecho prejuzgó con sus comentarios”, complementó.
En tanto, ni el Ministerio Público ni los querellantes que representaron a las familias de las víctimas, entre ellas la estudiante Antonia Barra, recurrieron en contra de la sentencia por estar satisfechos con el castigo dictado en contra de Pradenas.
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