“Ni ilegalidad ni arbitrariedad”: cortes rechazan más de 30 recursos de antivacunas y respaldan Pase de Movilidad
Cerca de 200 recursos de protección se han presentado en las cortes de apelaciones del país contra la medida del Minsal, que ha buscado incentivar la vacunación con privilegios y libertades adicionales para los inmunizados. La Corte Suprema ratificó esta postura, que incluso ha obligado a los recurrentes a pagar costas judiciales.
Solo con el esquema de vacunación completo se puede obtener el Pase de movilidad. Con él, las personas pueden acceder a espacios cerrados, como el cine o las discotecas. Se exige también para ingresar a los restaurantes y el aforo de las actividades sociales aumenta. Por eso, tenerlo se ha vuelto crucial y, tal como se proyectó, está operando como un incentivo para la inoculación.
Hasta la semana pasada, según el registro del Ministerio de Salud, más de trece millones de personas contaban con el pase habilitado. Pero también hay quienes no han podido adquirirlo, pues se niegan a ser vacunados. Y han llegado a la justicia, para hacer sus reclamaciones, con nulo éxito hasta ahora.
Jorge Hübner, jefe de la División Jurídica del Ministerio de Salud, confirma que en las cortes de apelaciones del país se han presentado alrededor de 200 recursos de protección, donde los reclamantes impugnan el requisito de estar vacunado para obtener el pase de movilidad.
“Se sustentan en que la vacuna sería experimental, y que al exigirse para obtener el Pase de Movilidad, en los hechos se los estaría obligando a vacunarse”, detalla Hübner.
¿Quienes son los recurrentes? Gente que, por una u otra razón, desconfía de las vacunas. Muchos de ellos son integrantes o cercanos a grupos antivacunas. Y hay, también, abogados que se oponen a la inmunización contra el Covid-19 y que están impulsando la presentación masiva de recursos.
Entre los argumentos que presentan los recursos hay algunos que han llamado la atención. “La cartera ministerial, con fecha 03-06-2021, suspende aplicación de vacuna AstraZeneca (que nombre curioso por cierto de esta vacuna, “Astra-Ze-Neca” “Es decir” “matar” “estrellas”, (derivado del latín)”, reza uno de ellos.
Según Hübner, cerca de 30 recursos ya han sido resueltos y todos favorables al Minsal. Incluso, las cortes han resuelto para los demandantes el pago de costa, lo que obliga el pago de unos 100 mil pesos para quienes han recurrido por la causa antivacuna.
“El acto impugnado aparece debidamente fundado en los cuerpos normativos señalados precedentemente, a los que cabe agregar los artículos 36 y 57 del Código Sanitario, que habilitan a la autoridad sanitaria para aplicar las restricciones que por el presente recurso se reprochan, de modo que tampoco existe arbitrariedad en la actuación del Ministerio recurrido, al estar expresamente facultado para limitar a la población en virtud de las normas citadas anteriormente”, consigna uno de los fallos.
El mismo texto añade que “mediando consideraciones de carácter técnico, científico y estadístico; es decir, con fundamentos plausibles que no obedecen a la mera voluntad o capricho de la autoridad, no pudiendo esta Corte cuestionar los fundamentos de las medidas adoptadas por no tener las competencias para ello, atendido que dichas medidas se encuentran dentro de un marco de racionalidad y proporcionalidad, afectando lo menos posible los derechos fundamentales de los ciudadanos, motivos por los que la presente acción constitucional no puede prosperar” .
Otra de las sentencias, en tanto, estipula que “no es posible para esta Corte apreciar la ilegalidad ni la arbitrariedad del acto atacado, el que ha sido adoptado por las autoridades competentes en el cumplimiento de los deberes que le imponen la Constitución y las leyes, con observancia de las formalidades pertinentes y existiendo mérito plausible que lo justifica, fundado en la grave situación de emergencia sanitaria que afecta al país y la necesidad de evitar el contagio de la población con la enfermedad del Covid-19, a fin de resguardar la salud pública, por lo que indefectiblemente se desestimará la presente acción cautelar...”
Las cortes de apelaciones -también ratificados por la Corte Suprema- han estimado, además, que “tampoco se advierten abusos ni desviaciones de poder susceptibles de ser reparados por esta vía. En consecuencia, el recurso no puede prosperar.”
La mirada de los expertos
La rapidez con que se elaboró la vacuna contra el Covid-19 -mérito que los expertos amparan en el conocimiento previo y el desarrollo tecnológico alcanzado- ha generado desconfianza en algunas personas y ha reactivado las posturas de grupos antivacunas.
Pero alcanzar una alta cobertura de vacunación en los países es clave para erradicar o, al menos, controlar el virus, lo que llevó a las autoridades chilenas a incentivar la adhesión -en lugar de hacerla obligatoria- al antídoto mediante los privilegios y libertades que otorga el Pase de Movilidad.
En ese contexto, Gabriel Cavada, epidemiólogo y bioestadístico, afirma que “las vacunas son seguras, eficaces y la única herramienta que tenemos para que el Covid-19 se transforme en una enfermedad endémica, es decir, de casos constantes, pero lo suficientemente bajos para tenerlos bajo control”.
Sofía Salas, académica del Centro de Bioética de la Universidad del Desarrollo valida el uso del Pase de Movilidad y sostiene que “divide las libertades”: “Permite conciliar dos derechos, el respeto a la autonomía de la persona que no quiere vacunarse y el respeto a la salud de las otras personas que esperan que la comunidad vacunada contribuya hacer frente a la pandemia”.
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