¿Profesor y candidato? Los protocolos de universidades ante eventual participación de académicos en proceso constituyente

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El mundo académico ha tenido una activa participación en el camino hacia el plebiscito. Una participación que podría traducirse, si gana el Apruebo, a profesores y profesoras universitarios como eventuales candidatos para la Convención. ¿Cómo se preparan las universidades (públicas y privadas) para este eventual escenario?


Fue la Universidad Diego Portales (UDP) quien tomó la iniciativa. Durante la semana pasada, la institución difundió entre el cuerpo académico un documento para establecer criterios y protocolos para los integrantes de la casa de estudios que aspiren a participar en alguno de los procesos electorales que se avecinan. Pero principalmente fue realizado para la eventual elección de constituyentes, en caso de que el 25 de octubre gane la opción Apruebo.

Desde el estallido social hasta la fecha, las universidades, públicas y privadas, han organizado y trabajado en simposios, charlas, estudios y análisis sobre temas relacionados a la Constitución. Y académicos como Jaime Bassa, Fernando Atria, Constanza Hube y Patricio Zapata ya han mostrado interés en eventualmente participar del proceso constituyente si éste se abre tras el referéndum.

En el escrito de la UDP, acordado el 25 de septiembre tras una sesión ordinaria del Consejo Académico de la casa de estudios, se explica que las medidas “buscan cumplir con el deber de la Universidad de mantenerse neutral en la competencia y no aparecer subsidiando, o financiando de manera indirecta, alguna candidatura en particular”.

El documento indica que, por ejemplo, quien quiera optar a un cargo de elección popular, incluso previo a formalizar su candidatura legalmente, “no podrá dirigir o tener la vocería de programas o proyectos de interés público patrocinados o financiados por la universidad cuyo contenido se relacione con los temas de la campaña en la que participará a fin de resultar electo o electa”. Otro punto señala que quien tenga una jornada regular en la casa de estudios deberá solicitar suspender la relación laboral en forma parcial o total proporcional al tiempo en el cargo.

Además, si se da el caso de salir elegido, en el documento de la UDP se lee que el académico “deberá renunciar a su posición en la universidad si el cargo al que accede exige dedicación preferente o exclusiva o supone algún tipo de conflicto de interés con su posición en la universidad”. Sin embargo, dice el escrito, el trabajador “podrá convenir con la universidad una dedicación parcial compatible con el cargo al que ha accedido”.

Para Javier Couso, constitucionalista y profesor de la Facultad de Derecho de la UDP, el documento emanado de la universidad le parece "bastante apropiado a mi juicio porque no tenemos aportes basales del Estado, salvo la gratuidad a los alumnos que no pueden pagar su matrícula. Entonces nosotros como UDP no tenemos personal prescindible que pueda no trabajar, entendiendo que esto es full time. Consultado, Couso agrega que no quiere ser candidato a la Convención.

El tema, de todas formas, rebotó en otras casas de estudio, donde también se evalúa qué caminos tomar ante la posibilidad de que académicos/as pretendan competir como constituyentes.

En ese marco, hay quienes se mostraron críticos del documento de la UDP como precedente para otras entidades similares.

Amaya Álvez, académica de Derecho de la Universidad de Concepción, es una de ellas. “Me parece que el órgano constituyente, ya sea la Convención Mixta o Constitución debiera abrirse a la perspectiva de contar con el apoyo de los y las académicas que han pensado desde hace muchos años temáticas que en el fondo hoy están sobre la mesa. Y evidentemente este es un proceso ciudadano, y por eso me llama la atención la restricciones excesivas que veo en el protocolo de la Universidad Diego Portales”, comentó.

La profesora, experta en Derecho Ambiental, agrega que los enunciados de la UDP “los estimo como un desincentivo en la participación en las convenciones”.

Consultado, el rector de la Universidad de Concepción, Carlos Saavedra, cree que es muy importante la participación de especialistas en el proceso de elaborar una eventual nueva Constitución y agrega que “aún no hemos adoptado una decisión institucional de cómo se procederá en estos casos". "Sin embargo, promoveremos que se generen las facilidades para que esta participación pueda materializarse, incluso como constituyentes. Una vez que se conozca el resultado del plebiscito del día 25, trabajaremos una propuesta de protocolo para ser analizada en las instancias pertinentes. Ello porque la visión de las regiones resulta imprescindible”, agregó el rector.

Eventuales límites y protocolos

Este lunes, el rector de la Universidad de Santiago de Chile, Juan Manuel Zolezzi, señaló en Emol que en el caso de las universidades estatales, “tenemos la dificultad de que son funcionarios públicos, (entonces), tienen que renunciar al cargo de funcionarios públicos y eso pone una tremenda traba”.

El mismo día, el abogado ligado al PS, Gabriel Osorio, quien integró la Comisión Técnica Constituyente el año pasado, escribió en Twitter: “El rector Zolezzi comete un error al señalar que los académicos de universidades estatales deben renunciar a sus cargos para ser candidatos o estar la convención. La norma fue puesta para evitar que perciban las 50 UTM más su remuneración como funcionarios”.

¿Qué dice la legislación al respecto? Juan Carlos Ferrada, profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Valparaíso explica que "a contar de la proclamación del Tribunal Calificador de Elecciones, los funcionarios públicos, con excepción de los mencionados en el inciso tercero del artículo 132, así como los trabajadores de las empresas del Estado, podrán hacer uso de un permiso sin goce de remuneraciones mientras sirvan a la Convención, en cuyo caso no les serán aplicables lo señalado en el inciso primero del artículo 58 de la Constitución”.

Desde universidades estatales como la Universidad Austral dicen en forma escueta que si algún profesor o profesora está interesado en participar, lo puede hacer. En la Universidad de Antofagasta no tienen por ahora un protocolo, pero destacan seguir realizando conversatorios todas las semanas respecto al proceso constituyente. Desde la Universidad de Talca explican que los académicos se rigen por la normativa de los funcionarios públicos.

Por su parte, el rector de la Universidad Católica, Ignacio Sánchez, dice que en su casa de estudios “partimos de la base de que en caso de que se vote en abril por una Convención Constitucional o Mixta, la eventual participación de académicos debe ceñirse en primer lugar a los requisitos que establezca la ley”, y, “si ésta exige una dedicación exclusiva, los integrantes del cuerpo académico que quieran participar y resulten electos, tendrían que pedir un permiso sin goce de sueldo”.

Sánchez agrega que “si la ley permite compatibilizar el ejercicio de constituyente con el trabajo universitario, podría darse el escenario de que mantengan un número limitado de horas de trabajo en docencia y/o investigación, solicitando el permiso correspondiente para ejercer la responsabilidad con una reducción salarial parcial y equivalente al tiempo dedicado en su labor de constituyentes”.

El rector concluye que “el criterio no diferirá de lo que ha sucedido comúnmente para el caso de académicos y académicas que han pasado a cumplir funciones públicas por períodos acotados, pero lo más importante es ceñirse a las determinaciones legales”.

Las definiciones de las privadas

El protocolo de la UDP se puede considerar de vanguardia, lo que ha generado que otros establecimientos, en especial privados, definan o ya estén estudiando posibles protocolos. Desde la Universidad Andrés Bello señalan que ”no ha dispuesto o elaborado ninguna recomendación al respecto, dirigida a limitar la participación de sus académicos en dicho proceso, sino más bien, ha propiciado espacios de discusión y reflexión, orientados a incentivar la participación de nuestra comunidad en dicho proceso.

Desde la Universidad Academia de Humanismo Cristiano, en tanto, se señaló que “se ha considerado que en el caso de que algún miembro de la comunidad fuera elegido a un cargo de representación en la futura Convención Constituyente contará con todas las facilidades específicas para el cumplimiento de ese rol, dentro de las normas internas y la legislación vigente. No definimos por el momento un protocolo específico adicional ya que la institución cuenta con mecanismos que ya funcionan, y que se aplican a estadías de investigación en otras instituciones y que pueden ser aplicadas a estas circunstancias”.

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