Una estocada más para Cheyre: Corte de Apelaciones confirma condena por caso Caravana de la Muerte en La Serena
El tribunal de alzada desestimó las alegaciones del excomandante en jefe del Ejército, quien pedía revocar la sentencia del ministro Mario Carroza. La resolución sella una de las peores semanas del general del "nunca más".
En su tercer día preso en el Regimiento de Policía Militar de Peñalolén, el excomandante en jefe del Ejército Juan Emilio Cheyre (2002-2006) recibió una nueva mala noticia. Si su semana ya era difcíl al ser procesado por la ministra Romy Rutheford por el delito de malversación de caudales públicos, ahora reapareció la sombra que lo puso en la mira de los tribunales: el caso Caravana de la Muerte en La Serena.
Esta mañana, la Corte de Apelaciones de Santiago -según señalaron distintas fuentes consultadas- confirmó el fallo que el 9 de noviembre del 2018 emitió el ministro en visita, Mario Carroza, rechazando el recurso de casación presentado por la defensa del general (R) Cheyre, el denominado hombre del “Nunca más”. El juez lo había sentenciado a tres años y un día de libertad vigilada por ser encubridor de las torturas y apremios cometidos por un grupo de uniformados del Ejército en 1973.
En la sentencia redactada por Carroza se estableció su participación como presunto encubridor de los 15 fusilamientos extrajudiciales cometidos por Sergio Arellano Stark y su comitiva. Poco antes de dictar esta resolución, el juez había acusado a Cheyre como cómplice, sin embargo, durante el juicio (que en el sistema antiguo se llama plenario) decidió cambiar su calidad a encubridor y con ello rebajar así también su condena.
La defensa de Cheyre presentó un recurso de casación ante la Corte de Apelaciones, donde pedía desestimar la manera en que fue condenado el general (R), por haberse omitido durante el juicio la práctica de un trámite dispuesto expresamente por la ley bajo pena de nulidad, haberse dictado el fallo con infracción a las normas que regulan la forma en que debió haber sido extendida la sentencia y no haberse permitido en el juicio, evacuar diligencias probatorias de importancia para la resolución del negocio.
Sin embargo, las pretensiones de anular el juicio y decretar el sobreseimiento de Cheyre no llegaron a puerto, pues el tribunal de alzada desestimó los argumentos de la defensa del general (R) y estableció que el fallo de Carroza razona para establecer la participación dolosa del exoficial, pues, argumenta, una vez concluida la etapa de desaparición de los cuerpos de las víctimas ejecutadas, para justificar lo ocurrido, el condenado transportaba y entregaba a los medios de comunicación un Bando Militar informando a la ciudadanía la ejecución de quince extremistas en cumplimiento de lo resuelto por Tribunales Militares en Tiempos de Guerra.
En esa misma línea, entre los argumentos de la Corte para rechazar el recurso de Cheyre, tomaron en consideración que, de acuerdo al análisis de las diversas piezas del expediente, los querellantes sí fueron informados de los interrogatorios practicados en la causa. En ese sentido, ponderaron el hecho de que Carroza, en una resolución del 15 de marzo de 2018, acogió una serie de objeciones formuladas por los querellantes respecto de la prueba ofrecida, incluidas las preguntas dirigidas a determinados testigos de conducta del acusado.
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