“Uso de armas de fuego será sólo en última instancia”: los límites que Interior fija para policías y militares antes de disparar
El Ministerio del Interior elaboró una primera propuesta para avanzar en un anteproyecto de ley para establecer las normas generales sobre el uso de la fuerza para funcionarios que cumplan labores de mantenimiento y restablecimiento del orden público y seguridad. En el borrador plantea cuatro puntos: legalidad, necesidad, proporcionalidad y responsabilidad.
Para fines de marzo, el gobierno pretende ingresar una de las cinco iniciativas para fortalecer las capacidades de la policías y quienes cumplan labores excepcionales de orden público, como las Fuerzas Armadas en el norte y su del país. Así lo comunicó el Ministerio del Interior, en enero al Congreso, a través de su “Compromiso transversal por la seguridad”, una vez disuelta la mesa de trabajo que presidía la ministra Carolina Tohá.
Y para avanzar en esa hoja de ruta es que la ministra Tohá presentó a los senadores y diputados encargados por los partidos para tratar los temas de seguridad, la minuta “normas generales sobre el uso de la fuerza para funcionarios que cumplan labores de mantenimiento y restablecimiento del orden público y la seguridad pública interior”. El tema se da a pocos días de que el gobierno pidiera explicaciones al general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, por pedir apurar el trámite legislativo de las normas que regulan su labor.
El texto -sociabilizado, además, este jueves en una reunión con los parlamentarios en La Moneda- establece una serie de límites para que los uniformados usen su arma, lo hagan regulados por un protocolo que luego deberá ser visado y actualizado por el Instituto de Derechos Humanos (INDH) y la Defensoría de la Niñez.
La propuesta que está trabajando Interior -a la que accedió La Tercera PM-, contempla que “antes de recurrir al uso de la fuerza o empleo del arma de fuego, se deben tomar todas las medidas razonables para disuadir a toda persona o grupo de cometer una agresión que atente contra algún funcionario que cumpla labores de mantenimiento y restablecimiento del orden público y la seguridad pública interior o contra las instituciones a las que pertenezcan, contra el objetivo legítimo, o que alteren el orden y seguridad pública, o que producto de ello afecte a otras personas o sus derechos”.
También se propone que se debe hacer un uso gradual de la fuerza. Acá Interior consigna que “siempre que la situación operativa lo permita, se deben realizar todos los esfuerzos procedentes para resolver situaciones potenciales de confrontación, a través de la comunicación, persuasión, negociación y empleo de medios disuasivos. El uso de armas de fuego será solo en última instancia y para casos de peligro para la vida o la integridad física de las personas”.
Los principios básicos y el rol del mando
El gobierno también definió cuatro “principios” que se deberán tener en cuenta:
- Principio de legalidad: “La acción que realicen las y los funcionarios que cumplan labores de mantenimiento y restablecimiento del orden público y la seguridad pública interior, debe efectuarse dentro del marco de la Constitución Política de la República, la ley y los tratados internacionales en materia de derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, y debe efectuarse atendiendo un objetivo legítimo”.
- Necesidad: “Solo se podrá utilizar la fuerza cuando sea estrictamente necesaria para el cumplimiento del deber. Las y los funcionarios que cumplan labores de mantenimiento y restablecimiento del orden público y la seguridad pública interior utilizarán, en la medida de lo posible, medios no violentos antes de recurrir al uso de la fuerza y armas de fuego, las que solo podrán utilizarse cuando otros medios menos lesivos resulten ineficaces o no garanticen el logro del resultado previsto. Este principio exigirá que, en la circunstancia particular, no exista otra alternativa razonable que no sea el uso de la fuerza, la que deberá cesar una vez logrado el objetivo o cuando éste no pueda lograrse”.
- Proporcionalidad: “Deberá existir un equilibrio entre el tipo y nivel de fuerza empleada, y el grado de resistencia o amenaza planteada por el individuo o grupo de individuos o el delito que estuviesen por cometer. El uso de la fuerza tiene como límite que no puede infligir más daño que aquel que se pretende evitar con su empleo”.
- Responsabilidad: “El uso de la fuerza, fuera de los parámetros permitidos, conlleva las responsabilidades individuales por las acciones y omisiones incurridas y, cuando corresponda, la responsabilidad de los mandos”.
En la propuesta de Interior también se señala que los funcionarios que usen armas deberán contar con capacitaciones adecuadas y, además, disponer de diversos elementos disuasivos y armas menos letales para hacer un “uso racional de la fuerza en estricto cumplimiento de estos principios”. Además, el mando deberá informar, en el más breve plazo, al Ministerio del Interior cualquier incidente en que se haya hecho uso de la fuerza.
En la reunión de la ministra Tohá con los parlamentarios se expusieron las ideas y también se recogieron opiniones, donde, por ejemplo, desde Chile Vamos pidieron sacar al INDH de la mesa técnica por ser querellantes en casos de que involucran a efectivos policiales y militares, e integrar la opinión de Carabineros, la PDI y las FF.AA.
Otro elemento de discusión fue si tener un reglamento de uso de la fuerza único para Carabineros y otro distinto para las FF.AA, o bien, incorporarlos a ambos en un solo protocolo. Todo eso deberá discutirse más a fondo en las próximas citas que encabezará Tohá, donde pretende sacar adelante un elemento no menor para policías y militares.
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