Por Claudio Fuentes S., profesor de la Universidad Diego Portales (UDP)

La propuesta sobre la eliminación del Senado y la creación de un Consejo Territorial (CT) se convirtió en uno de los nudos más controversiales del nuevo diseño constitucional y debe entenderse como parte de una nueva arquitectura de representación.

Al respecto, como la solución más “federalista” no generó consenso en la Convención, se optó por crear un CT con representación equitativa de las regiones y que pueda interactuar con un Congreso unicameral en la creación de normas con pertinencia regional. Ante la evidente y transversal demanda por una mayor desconcentración del poder, parece razonable la creación de un ente que participe de las principales decisiones en igualdad de condiciones.

¿Será así? En la propuesta que se discute el CT participaría de decisiones cruciales asociadas a la institucionalidad regional, el presupuesto y la distribución fiscal, lo que no es poco. Sin embargo, en el fraseo actual de la propuesta se indica que “de no entregar o negar su aprobación en el plazo establecido en la ley”, se entenderá por aprobado. Es decir, la única opción que tendría el CT sería aprobar o formular enmiendas al texto propuesto. En este modelo, es el Congreso la figura principal, mientras el CT es quien tiene que adaptarse y acomodarse para alcanzar un acuerdo.

La otra dificultad es distinguir entre normas de alcance nacional vs. regional. En la propuesta eso lo definiría la propia Constitución, lo que sin duda complejizará en el futuro la delimitación de esa compleja frontera. Un CT que participa de definiciones de política acotadas pero sustantivas parecería un camino más razonable que abrir la puerta a las indefiniciones.

Con todo, el CT no puede concebirse como un “nuevo Senado”. Se trata de una arquitectura distinta que responde a la demanda por representación e incidencia regional. La duda es si esta fórmula contribuirá a resolver las evidentes e históricas brechas territoriales.