En una nueva jornada de votaciones, el pleno de la Convención Constitucional deliberó y votó el informe de reemplazo de los artículos rechazados en general durante el pasado 18 de febrero emanados de la Comisión de Forma de Estado.

Uno de los puntos que generaban más expectación eran las Asambleas Regionales. Su creación y atribuciones no lograron el quórum para pasar a ser discutidas en particular por el pleno, por lo que volvieron a su comisión para ser modificadas.

Pero ahora estas tuvieron mejor suerte y entraron al borrador de la nueva Constitución. El artículo 25, que establece su creación y objetivos, fue aprobado por 132 votos a favor, seis en contra y 14 abstenciones. Para algunos constituyentes, que la propuesta para crearlas avanzara se debe a que ésta se “moderó” en la comisión y llegó al pleno con modificaciones claves. En especial sus atribuciones.

En el informe que se votó este viernes en el pleno se eliminó el carácter legislativo del nuevo órgano -podrán iniciar trámites pero deberán pasar por el “Consejo Territorial”- y se dejó para la ley el cómo se elegirá a sus miembros, cuánto durarán y las reglas de reelección.

De las 12 atribuciones que se votaron este viernes, solo dos fueron rechazadas y volvieron a la comisión: la norma que le permitía a la Asamblea Regional ejercer potestad reglamentaria “mediante la dictación de reglamentos, ordenanzas, decretos, circulares e instrucciones para la ejecución de las leyes”, y la que permitía solicitar al Consejo Territorial -institución que reemplazaría al Senado- la transferencia de la potestad legislativa “en materias de interés de la región autónoma respectiva”.

Entre las que se aprobaron destacan varias atribuciones. Una de ellas fue la que establece como potestad el “aprobar, a propuesta del gobernador o gobernadora regional y previa ratificación del Consejo Territorial, la creación de empresas públicas regionales o la participación en empresas regionales”. Este fue visado por 106 votos a favor, 41 votos en contra y dos abstenciones.

Al respecto, la convencional Geoconda Navarrete (Ind RN-Evópoli) sostuvo que puede llegar a ser un “riesgo”: “El tiempo nos ha dado la experiencia que el Estado no es el mejor empresario, no es el más eficiente y entrega una responsabilidad a regiones que no sabemos si van a estar en las condiciones de asumirlas”, comentó.

Vía Twitter, el constituyente PC Marco Barraza (Chile Digno) celebró la aprobación de esa atribución: “Un gran paso para desmantelar el Estado neoliberal y subsidiario que tanto daño le ha hecho al país y un avance para los derechos sociales”.

Además, algunos miembros de la Comisión de Forma de Estado destacaron que la nueva institución regional podrá iniciar el trámite de proyectos de ley, o ingresar “iniciativas regionales de ley” al órgano que reemplazaría al Senado. Esto, porque el pleno aprobó, por 110 votos, 29 en contra y 14 abstenciones, la atribución que establece que el órgano podrá partir el trámite legislativo “ante el Consejo Territorial en materias de interés regional”.

Normas sobre estatuto regional

Al igual que las asambleas regionales, en febrero se rechazaron las normas relativas a la creación de un estatuto regional que contuviera el “orden político interno regional”. Este viernes por la tarde el pleno votó nuevamente esas normas. Entre varios puntos, se visó con 104 votos a favor, 39 en contra y 10 abstenciones, una indicación sobre la elaboración, aprobación y reforma del Estatuto Regional. Esta sostiene que éste será propuesto por la “gobernadora o gobernador regional a la Asamblea Regional para su deliberación y acuerdo, el cual será aprobado por la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio”.

En relación a las autoridades regionales, el pleno de la Convención aprobó que la organización institucional de las regiones autónomas se componga de gobernador o gobernadora regional y de la Asamblea.

En tanto, el Consejo Social Regional, también aprobado por el pleno e incluido en el borrador de nueva Constitución, sería el encargado de promover la participación popular en los asuntos públicos regionales de carácter participativo y consultivo.

Por otro lado, se aprobó el artículo que señala que serían atribuciones exclusivas de los gobiernos regionales presentar ante la Asamblea Regional el Plan de Desarrollo Regional, así como también el proyecto de Presupuesto Regional y el plan regional de ordenamiento territorial. Asimismo, se encargaría de proponer a la Asamblea Regional la creación de empresas públicas regionales o la participación en empresas regionales.