El 23 de enero de 2020 Isaías Coronado había planificado recorrer el barrio Lastarria junto a su hermana y su cuñado, una pareja de enólogos que al día siguiente debían regresar a Nueva Zelanda, país en el que vivían hace un par de años.
Junto a otros dos amigos se juntaron ese jueves por la tarde en el Centro Gabriela Mistral. Cerca de las 17:30 horas concurrieron al bar José Ramón 277 y dos horas después visitaron el restaurante “El Patio Esmeralda”, ubicado en la misma calle que el nombre, en los alrededores del Parque Forestal.
Luego, el grupo caminó por calle Merced y al llegar a la intersección con Estados Unidos se detuvieron porque habían enfrentamientos entre manifestantes y carabineros. Sin darse cuenta, un carro lanza agua, identificado como LA49, llegó al lugar que estaban parados. Al verlo, todos comenzaron a correr hasta la calle Santiago Bueras, en el corazón del barrio Lastarria.
En esos movimientos, Isaías Coronado quedó envuelto entre varios manifestantes y con el carro lanza aguas a pocos metros. De acuerdo a la querella del Instituto Nacional de Derechos Humanos, el vehículo policial apuntó el pitón hacia la cara de Coronado, accionando el chorro. El golpe fue de tal fuerza que, según la acción judicial, el joven sin darse cuenta azotó su cabeza contra el pavimento. Esto provocó que perdiera el conocimiento y sólo volvió en sí al llegar a la Urgencia de la ex Posta Central.
El diagnóstico no fue alentador: traumatismo craneano complicado, pérdida de memoria temporal y hemorragia interna. Estas lesiones provocaron que Coronado estuviera 16 días hospitalizado, con principios de meningitis y un tratamiento preventivo para evitar cuadros de epilepsia.
La causa, investigada por la fiscal Ximena Chong, de la jurisdicción Centro Norte, aún se encuentra en estado de desformalizada. La única diligencia que Chong ha solicitado al Tribunal de Garantía fue el 26 de marzo de 2021, en la cual pidió acceder a la ficha médica a la ex Posta Central y la bitácora de tratamiento de la víctima realizada en un centro en San Bernardo.
El caso retrata una de las 3.191 acciones judiciales que ha presentado el INDH entre el 18 de octubre de 2019 y el 31 de marzo de 2020. De ellas, 3.150 son querellas, las cuales fueron revisadas en su totalidad por la Unidad de Investigación y Datos de La Tercera, con el objeto de constatar cómo se ha comportado el sistema judicial a tres años del estallido social.
Como primer dato se constató que a la fecha sólo se han logrado condenas en 14 acciones judiciales presentadas por el INDH en el contexto de las revueltas, incluida la sentencia del caso de Fabiola Campillai -que se conoció el martes pasado-, cuyo agresor deberá pasar 12 años en prisión por apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas. En total, se ha condenado a 27 funcionarios públicos, de los cuales 26 son carabineros y uno es funcionario de la Armada. El segundo delito más denunciado por el INDH ha sido el de tortura, pero aún no se ha logrado acreditar ninguno de los casos.
En el organismo, desde donde no accedieron a dar una entrevista formal para este reportaje, reconocen que tuvieron una avalancha de información y que no estaban preparados para administrarla, como la mayoría de los otros estamentos del Estado. Por ello, con el correr de los días y la constatación de las primeras denuncias, diseñaron un plan para canalizar los antecedentes y convertirlas en querellas.
Así, se implementó un correo electrónico, que luego derivó en un formulario web, por donde las víctimas presentaban su relato y podían adjuntar documentos como su ficha médica, en la que constaban lesiones provocadas por perdigones o bombas lacrimógenas, entre otros.
Otra fórmula que utilizaron fue desplegar funcionarios del INDH en terreno, quienes realizaban turnos en centros de salud como la urgencia de la ex Posta Central, comisarías y vehículos policiales. También recibían casos por reportes que eran derivados desde el Ministerio Público y la Defensoría Penal.
“Es super importante el rol de los querellantes institucionales. Por ello hemos mantenido reuniones de coordinación con todos ellos. Ha sido un gran aprendizaje”, dice Ymay Ortiz, directora de la Unidad de Derechos Humanos del Ministerio Público.
En el INDH explicaron que para presentar una querella, el caso debía cumplir con un protocolo que se instruyó de forma interna en todas las sedes regionales, el cual tenía como base estándares internacionales en Derechos Humanos y una entrevista a la víctima. De hecho, explican, la cantidad de denuncias recibidas fue mucho mayor que las querellas finalmente presentadas ante los tribunales.
Según la revisión realizada por La Tercera, el delito más denunciado es el de apremios ilegítimos con 1.992 casos. Este delito consiste en que un funcionario público, abusando de sus atribuciones y sin cumplir las formalidades indicadas por la ley, priva a un tercero de su libertad personal o incluso realiza vejámenes y tormentos. El 48,3% de esos hechos denunciados por el instituto (964 casos) se habrían producido en la Región Metropolitana, seguido por la Región de Valparaíso con un 10,3% (287 casos) y La Araucanía con un 5,3% (148 casos).
En segundo lugar, aparecen los casos de tortura con 485 sucesos. La tortura, por su parte, es todo acto por el cual se infringa intencionalmente dolores o sufrimientos graves a una persona con un fin determinado, como el obtener información o castigar. Un 30% de los hechos (146 casos), ocurrió en la Región Metropolitana. En esa línea, para el Ministerio Público ha sido complejo lograr condenas por ese delito.
Un ejemplo de esto es lo que ocurrió con una causa de Puente Alto. Allí, el INDH denunció que entre el 28 y 29 de enero de 2022, una cuadrilla de carabineros liderados por el capitán Roberto Cares Flores y el subteniente Juan Pablo González arrestaron a Leonardo Salazar y Matías Soto en medio de las manifestaciones que ocurrían en la plaza de esa comuna. Una vez en la patrulla, ambos detenidos recibieron golpes reiterados de manos, pies y con el bastón retráctil, lo que les causó graves lesiones en sus costillas.
A juicio del INDH y el Ministerio Público, estas acciones fueron consideradas como tortura. Para los jueces, sin embargo, ello no quedó acreditado durante el juicio oral. Por tanto, el Tribunal Oral en lo Penal de Puente Alto cambió la calificación de los hechos y condenó por apremios ilegítimos a seis de los ocho funcionarios policiales involucrados. El capitán Cares recibió una pena de 300 días, mientras que el subteniente González fue absuelto de todo cargo.
“Tenemos que seguir avanzando en la comprensión del fenómeno de la tortura y que estos hechos se califiquen como tortura cuando se cumplen los requisitos. El tipo penal da lugar a ciertas interpretaciones, no hay mucha construcción de doctrina y no hay mucha jurisprudencia en los tribunales. Entonces hemos avanzando como fiscalía generando esta teoría jurídica”, explica Ymay Ortiz, de la Fiscalía Nacional.
Los responsables de los estallidos oculares
El uso de la fuerza y del armamento no letal por parte de Carabineros para controlar el orden público, fue un tema ampliamente debatido por las autoridades en los días más críticos que siguieron al 18 de octubre de 2019. Esto, a raíz del alto número de lesionados que dejó el uso de armas como la escopeta antidisturbios y la carabina lanza gases.
De acuerdo a cifras del INDH, sus funcionarios pudieron constatar 3.236 víctimas de lesiones físicas, lo que refleja un 89% del total de personas con alguna denuncia. De ellos, 207 resultaron con algún tipo de trauma ocular, cuyos casos fueron divididos en tres subgrupos según el tipo de las lesiones: 82 víctimas con trauma ocular, 76 con pérdida de visión y 49 con estallido de globo ocular. Estas cifras aún son rebatidas por organizaciones de DD.HH.
Uno de los casos más emblemáticos con estas características de herida es el de Gustavo Gatica, quien perdió la visión de sus dos ojos al recibir perdigones en medio de un enfrentamiento entre manifestantes y Fuerzas Especiales, el 8 de noviembre de 2019, en la intersección de calle Carabineros de Chile con Vicuña Mackenna, a pasos de Plaza Italia.
El principal sospechoso en ese caso es el excomandante Claudio Crespo, quien lideraba parte del piquete de uniformados que intentaba controlar el orden público ese día. Crespo estaba identificado bajo el código “Gama 3″ y era uno de los pocos autorizados para ocupar la escopeta con perdigones.
La causa es indagada por el fiscal Francisco Ledezma, quien formalizó al expolicía en agosto de 2020 por los delitos de apremios ilegítimos y lesiones graves gravísimas. Ese día, el persecutor señaló que Crespo percutó el arma antidisturbios para castigar a los manifestantes. Si bien la presentación de cargos ocurrió hace dos años, la fiscalía estaría reuniendo los últimos antecedentes para cerrar el caso y preparar el juicio oral.
A la fecha, aún no existe ninguna condena en los casos de víctimas de trauma ocular.
El uso excesivo de perdigones y bombas lacrimógenas no sólo fue exclusivo del cuadrante de Plaza Italia, cuya zona fue denominada como la zona cero del estallido social. De las más de tres mil querellas presentadas por el INDH, la mayoría de hechos violentos se registraron en las capitales urbanas de cada región. Por ejemplo, La Tercera constató al revisar dichas causas que, en al menos 674, las víctimas denunciaron heridas por perdigones en distintas partes de su cuerpo. Mientras que en 290, las personas acusaron lesiones al ser alcanzados por los cartuchos de las bombas lacrimógenas.
Cuando no hay más antecedentes
En la revisión efectuada por La Tercera, un total de 550 querellas con las que se iniciaron procesos penales (un 17% del total de querellas) han terminado con la decisión del Ministerio Público de no perseverar el procedimiento. Esto significa que la fiscalía decidió cerrar la investigación porque no se encontraron responsables o antecedentes que permitieran acreditar lo denunciado. Entre ellas, 404 fueron denuncias por apremios ilegítimos y 99 por torturas.
A nivel regional, la Región Metropolitana lidera en causas cerradas con 227 casos, un 41%. Antofagasta, por su parte, es una de las regiones donde menos causas cerradas existen, con cinco casos, pero allí se produjo una situación que involucró a una víctima de un trauma ocular grave.
Se trata de un joven boliviano de 18 años que, según su relato en la querella presentada por el INDH, la noche del 2 de marzo de 2020 iba camino a entregar un pedido de sushi en la ciudad de Mejillones. Circulando en su bicicleta de reparto, señala la acción judicial, la víctima se detuvo a saludar a dos amigos que participaban de manifestaciones. En ese momento, habría llegado una camioneta con carabineros de civiles, quienes dispararon sus escopetas antidisturbios a una distancia aproximada de 15 metros. Uno de los perdigones, impactó de lleno en el ojo izquierdo del joven.
Las lesiones, según la denuncia, son “un pronóstico ya informado de pérdida de visión de su ojo izquierdo”. Luego, tras más de dos años de investigación, el 29 de junio de 2022 la fiscal Carmen Castillo comunicó su decisión de no perseverar “en atención a que no fue posible encontrar antecedentes para fundamentar la acusación”. Uno de los fundamentos expresados por la persecutora, fue que “hay un video donde se registra la comisión del delito, pero es imposible determinar el autor del delito, no se distingue si es un funcionario policial o un civil debido a la baja resolución de las imágenes”.
Tras ello, el INDH recurrió ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta, porque a su juicio, no se habían agotado todas las diligencias para esclarecer el hecho y dar con los responsables. Finalmente, en agosto pasado, la Corte revocó la decisión y ordenó a la fiscalía continuar la investigación por al menos 90 días más.
“Sí va a haber muchos casos en que va a ser difícil determinar, sobre todo en el caso de lesiones con munición antidisturbios, llegar a saber quién disparó, especialmente en lugares o comunas donde no hay tantas cámaras, donde no hay tanta tecnología en ese momento para poder acreditar quien fue exactamente la persona que disparó”, señala Ymay Ortiz, directora de la Unidad de Derechos Humanos del Ministerio Público.
El rol del CDE
Otra institución que ha tenido un rol en este proceso es el Consejo de Defensa del Estado (CDE). Aunque desde una posición más silenciosa, el organismo ha patrocinado querellas dado la gravedad de los delitos cometidos por las fuerzas de orden público.
Desde el CDE comentan que en estos tres años han revisado cerca de 6.000 causas que les ha enviado el Ministerio Público a lo largo del país. De estos casos y con el filtro ejecutado, el comité penal decidió querellarse en 33 causas, a lo que se suma 6 ampliaciones de las querellas. De todas formas, dicen que aún pueden presentar acciones judiciales, pues el debate de algunas investigaciones aún no está cerrado y las causas por violaciones a los DD.HH. son imprescriptibles.
“Todos y cada uno de los asuntos, civiles o penales, que este organismo ha conocido han sido objeto de un estudio serio y consistente, tarea que ha resultado imprescindible para la definición y rigurosidad de nuestras actuaciones”, sostiene a La Tercera, el presidente del CDE, Juan Peribonio.
En el comité penal del CDE definieron que para presentar una acción judicial, los antecedentes tenían que advertir un delito grave, donde existieran lesiones graves gravísimas. También que el agente del Estado se expusiera a una penalidad grave o esté involucrado en una investigación con resultado de muerte. Ahora, si la Fiscalía enviaba reportes sobre adulteración de partes y obstrucción a la justicia de Carabineros, PDI o alguna Fuerza Armada, se disponía querella de forma inmediata.
Según el reporte de la CDE, de las 33 causas en las que participan, existen formalizados en 25 de ellas. Uno de esos hechos es el que ocurrió el 20 de diciembre de 2019, en la intersección de Vicuña Mackenna con la Alameda. Allí, el funcionario de carabineros Ofricinio Carrillo Castillo conducía un vehículo táctico antidisturbios, conocido popularmente como “zorrillo”.
Por razones que se investigan, el policía embistió con su vehículo a Óscar Pérez Cortéz. En los registros de video de la jornada, se aprecia a Pérez lanzando piedras contra los vehículos luego de que otro carabinero perdiera su motocicleta. “Al percatarse, (Carrillo) realiza un rápido cambio de marcha hacia adelante y hacia la izquierda, desviándose de su pista natural, embistiendo a la víctima, hasta aplastarlo contra el costado izquierdo de otro carro policial de las mismas características, que se desplazaba por la misma calle en sentido contrario”, señala la querella del CDE, presentada el 15 de junio de 2021. Dos meses después, el Ministerio Público reformalizó a Carrillo Castillo por el delito de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas.
Producto del atropello, Óscar Pérez quedó con múltiples fracturas en la zona de la pelvis.
“Nuestras intervenciones han facilitado que 25 de las 33 investigaciones en que participamos mediante querella criminal hayan sido formalizadas por el Ministerio Público, lo que equivale a un 75% de estos procesos”, indica Juan Peribonio.