¿Qué es el subsidio habitacional, cuántos existen y a quiénes están dirigidos?

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El subsidio habitacional es un monto de dinero que entrega el Estado, a través del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), como ayuda económica para que las familias puedan hacer realidad el sueño de la casa propia.

Existen varios subsidios estatales para la adquisición de viviendas nuevas o usadas, orientados a beneficiar a las diversas familias chilenas, con foco en integración social y territorial o mediante leasing habitacional. En esta nota podrás informarte en detalle de los tipos de subsidios, tramos, requisitos, postulaciones, diferencias entre zonas geográficas del país, exigencias o no de ahorro previo y la condición o no de contratar un crédito hipotecario.



El subsidio habitacional es un monto de dinero que entrega el Estado, a través del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), como ayuda económica para que las familias puedan hacer realidad el sueño de la casa propia, sea nueva, usada, urbana, rural; o bien que ese monto sea utilizado con el fin de construir en un terreno a nombre del solicitante de este aporte del Estado.

Existen diversos tipos y tramos de subsidios habitacionales, los que se pueden complementar con el ahorro que puedan realizar las familias, con créditos hipotecarios otorgados por instituciones financieras, así como con el aporte de terceras personas.

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La integración de la información entre el MINVU y BancoEstado permite a las familias agilizar la tramitación de los subsidios. Marcelo Hiriart Vergara, gerente División Ahorro Vivienda de BancoEstado, recalca que “según el informe entregado por el Ministerio de Vivienda en 2022, BancoEstado financió el 43 por ciento de los créditos subsidiados entregados por las instituciones financieras en dicho año, con créditos desde 120 UF y, en promedio, el 36 por ciento de los créditos hipotecarios que financiamos corresponden a créditos subsidiados. Estas cifras demuestran el compromiso que tiene BancoEstado con las familias de sectores medios, a quienes se les permite acceder a financiamiento para complementar el valor de su vivienda cuando se requiere”.

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Marcelo Hiriart Vergara, gerente División Ahorro Vivienda de BancoEstado.

El ejecutivo agrega que “los subsidios habitacionales actuales cuentan con beneficios complementarios, adicionales al subsidio propiamente tal, como el beneficio de Pago Oportuno del crédito hipotecario, el cual considera un porcentaje de rebaja en la cuota mensual a pagar por el cliente si este paga sus cuotas al día; y el pago de la prima del seguro de desempleo o de incapacidad temporal, por todo el periodo que dure el crédito y cubre hasta seis cuotas”.

Subsidios para comprar

Como se señaló, este tipo de subsidios estatales se dividen para la compra, la construcción y el mejoramiento de una vivienda, más otros aportes fiscales complementarios enfocados en financiar la totalidad de la vivienda. Es importante tener presente que el subsidio habitacional excluye la compra o construcción de viviendas de recreación, de veraneo o llamadas segundas viviendas.

DS1 Familias de clase media

Regido por la normativa contenida en el DS1, este subsidio apunta a familias de sectores medios que: no son propietarias de una vivienda; que poseen capacidad de ahorro; y que tienen la posibilidad de complementar el valor del inmueble mediante la aprobación de un crédito hipotecario o con recursos propios. Se permite que la casa o departamento sean nuevos o usados, en sectores urbanos o rurales, y uno de sus requisitos más importantes es la apertura de una cuenta de ahorro para la vivienda con un año de antigüedad al momento de la postulación.

Para este subsidio existen tres tramos, los cuales se diferencian en el valor máximo de las viviendas en unidades de fomento, la zona geográfica, el monto de ahorro exigido y el consiguiente monto de subsidio en UF, que se paga de manera directa al vendedor del inmueble y no al postulante del subsidio.

TRAMO 1. El siguiente cuadro contiene toda la información del Tramo 1, para viviendas de 1.100 UF y 1.200 UF, dependiendo de la zona del país:

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Fuente: MINVU.

TRAMO 2. El siguiente cuadro contiene toda la información del Tramo 2, para viviendas de 1.600 UF y 1.800 UF, dependiendo de la zona del país:

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Fuente: MINVU.

TRAMO 3.El siguiente cuadro contiene toda la información del Tramo 3, para viviendas de 2.200 UF y 2.600 UF, dependiendo de la zona del país:

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Fuente: MINVU.
Requisitos para postular
  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Contar con Cédula Nacional de Identidad Vigente. Las personas extranjeras deben presentar Cédula de Identidad para Extranjeros con permanencia definitiva y el Certificado para acreditar la Permanencia Definitiva (emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior o por Policía de Investigaciones de Chile).
  • Acreditar una cuenta de ahorro para la vivienda con una antigüedad mínima de 12 meses.
  • Acreditar que el ahorro exigido esté depositado en la cuenta para la vivienda, al último día del mes anterior a la postulación. A partir de esa fecha no deberá efectuar giros en la cuenta.
  • Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el tramo de calificación socioeconómica que exige la alternativa de subsidio a la que desea postular.
  • Las personas deberán contar, además, con una preaprobación de crédito hipotecario, emitida por una entidad crediticia (bancos, cooperativas, etc.).
  • En caso de postular colectivamente el grupo debe: tener un mínimo de 10 integrantes; postular a través de una Entidad Patrocinante; y contar con un proyecto habitacional aprobado por el Serviu.

Personas con discapacidad

El subsidio habitacional DS1 tiene beneficios adicionales para familias que cuenten con uno o más miembros que sean parte del Registro Nacional de la Discapacidad, que son los siguientes:

  • Puntaje adicional de 30 puntos por cada integrante declarado que acredite discapacidad.
  • Estas familias recibirán un aporte adicional de hasta 20 UF; o de 80 UF en caso de movilidad reducida para financiar obras en la vivienda que están comprando que contribuyan a superar dichas limitaciones.

Leasing Habitacional

La modalidad de leasing habitacional es, en palabras simples, el arriendo de inmueble con compromiso de compra en un plazo determinado. Se establece un contrato que permite hacer uso exclusivo de la vivienda hasta pagar la última cuota, que funciona como un dividendo. Una vez cumplido el plazo, el deudor pasa a ser propietario de la vivienda.

Este subsidio está destinado a personas que pueden pagar un arriendo, pero que no tienen capacidad de ahorro suficiente para postular a otros sistemas de subsidio habitacional. En definitiva, permite acceder a la oferta privada de viviendas nuevas o usadas de hasta 2.000 UF; y de 2.200 UF en las regiones extremas y zonas insulares, a través de una sociedad inmobiliaria de leasing habitacional con la cual se celebra un contrato de arrendamiento con promesa de compraventa. Las viviendas no pueden exceder los 140 m2 construidos, terminada (nueva o usada) y contar con recepción municipal. El monto del subsidio varía entre 100 UF y 250 UF.

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Para postular al subsidio de leasing habitacional no se requiere ahorro previo, pero sí tener una cuenta de ahorro para leasing. Hay que tener en cuenta que el arrendador-vendedor puede exigir un aporte inicial al contado y, además, el interesado debe financiar los trámites exigidos por la inmobiliaria.

Entre los requisitos para obtener el subsidio leasing habitacional, figuran: ser mayor de edad; estar inscrito en el Registro Único de Inscritos del SERVIU. El interesado no puede tener más de una inscripción en el registro; no ser propietarios de una vivienda (postulante y cónyuge); no haber sido beneficiados anteriormente con vivienda o subsidio habitacional proporcionado por el Estado o las municipalidades (postulante y cónyuge); no tener suscrito más de un contrato de arrendamiento con promesa de compraventa con una o más sociedades inmobiliarias (postulante o cónyuge); no podrán inscribirse ambos cónyuges separadamente.

DS19 Integración Social y Territorial

Esta modalidad permite a familias acceder a proyectos habitacionales en barrios bien localizados y cercanos a servicios, con estándares de calidad en diseño, equipamiento y áreas verdes.

El valor máximo de las viviendas no debe exceder las 2.200 UF; aumentando hasta 2.600 UF en el caso de las regiones extremas o zonas insulares.

Las familias que ya tienen un subsidio para comprar una vivienda lo pueden aplicar en estos proyectos habitacionales especiales de integración social, en la medida que existan viviendas por el valor correspondiente a su beneficio. De igual manera, las familias o personas que no poseen un subsidio también pueden acceder a viviendas de estos proyectos, siempre y cuando cumplan con los requisitos de postulación al Subsidio para Sectores Medios, DS1.

La vivienda se paga con ahorro, subsidio estatal del MINVU, bonos y aportes, sean al contado o contratando un crédito hipotecario.

Es preciso señalar que el Estado ha impulsado la integración social con diversos mecanismos legales, que incentivan la buena localización de los proyectos con integración social en las llamadas zonas de comunas centrales y pericentrales, que son aquellas que están bien localizadas, con un alto estándar de servicios y equipamientos, y donde existe déficit habitacional aún por atender. Actualmente, existen 23 de estas zonas distribuidas en 10 regiones del país que cuentan con las características de ubicación y equipamiento antes mencionadas.

DS49 Vivienda construida hasta 950 UF

Es un subsidio pensado para familias que no son dueñas de una vivienda y viven en una situación de vulnerabilidad social y necesidad habitacional, que les permite comprar una vivienda ya construida, eximiendo a estas familias de quedar con una deuda hipotecaria

El subsidio estatal está compuesto por un subsidio base de 314 UF, el cual puede aumentar según la ubicación geográfica de la vivienda, así como acceder a subsidios complementarios que dependen de las características del grupo familiar que postula y la vivienda que se espera comprar.

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Entre los requisitos para optar al subsidio de estas viviendas (hasta un valor de 950 UF), destacan: ser mayor de edad con Cédula Nacional de Identidad vigente (las personas extranjeras deben presentar Cédula de Identidad para Extranjeros con permanencia definitiva y Certificado de Permanencia Definitiva emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior o por la Policía de Investigaciones de Chile); estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el tramo de calificación socioeconómica del 40% más vulnerable; no pueden postular personas solas, excepto los adultos mayores, viudos/as o aquellas personas que tengan un grado de discapacidad acreditada ante el COMPIN, calidad de indígenas o sean reconocidas en el Informe Valech; tener una cuenta de ahorro para la vivienda con un ahorro mínimo de 10 UF, a más tardar el último día hábil del mes anterior a la postulación al subsidio.

Te invitamos a informarte en detalle sobre los subsidios habitacionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, acceder a folletos muy didácticos para salir de dudas y optar a la opción que mejor te convenga. Visita https://www.minvu.gob.cl/beneficios/vivienda/

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