El largo proceso de la normativa que exigirá a los automovilistas a grabar la patente de los autos en sus vidrios llegó a su fin. Tras varios meses, donde se instaló el tema con el objetivo de incrementar la seguridad y disminuir el robo de piezas y partes de los vehículos, se publicó en el Diario Oficial el reglamento de grabados de patentes, por lo que ya se sabe con exactitud la fecha en que los usuarios deberán cumplir con la nueva normativa.
Según establece el reglamento, el cual había sido retirado de Contraloría por el Ministerio de Transportes (MTT) para realizar algunos ajustes y reintegrado hace dos semanas, los dueños de vehículos particulares tendrán 12 meses de plazo, es decir, desde el 14 de mayo de 2025 se hará exigible el grabado de las patentes en los vidrios de los autos. Las comercializadoras, por su parte, tendrán 4 meses para comenzar a entregar los autos nuevos grabados.
Ahora, para los dueños de vehículos que ya realizaron el grabado, el ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Juan Carlos Muñoz, dijo que “el propio reglamento permitirá validarlo, siempre y cuando éste sea permanente, legible, y, obviamente, que estén grabados en los 6 vidrios, además de los espejos laterales. Igualmente, para el caso de los vehículos que aún no cumplen con esta exigencia, se ha dado un plazo prudente, buscando facilitar esta medida”.
Sobre los detalles y características del grabado, que tiene diversos precios dependiendo del estilo de marcaje, el MTT recordó que la normativa exigirá , al menos, 6 vidrios (laterales, luneta y parabrisas), además de los 2 espejos laterales. Ello, en caso que el vehículo tuviese más, donde sólo se exigirá el mínimo (ejemplo, furgones o buses). Ahora, si se trata de aquellos que cuenten con menos vidrios o espejos (por ejemplo, motos), la patente deberá estar grabada en todos sus espejos.
En cuanto al grabado, la propia normativa establecerá las siguientes características:
- Que sea permanente. Vale decir, que haya implicado un desgaste al vidrio y espejo, más allá de la técnica utilizada (arenado, tallado, ácido, etc.)
- Que la letra sea legible, y en formato normal. Es decir, que no use elementos como cursiva o negrita. Y todo, siempre en mayúscula.
En cuanto al tamaño, la normativa exigirá:
- Para las letras y dígitos de los vidrios, entre 7 y 10 milímetros de altura.
- Por su parte, en los espejos laterales, la altura deberá ser entre 5 y 10 milímetros
Respecto de algunos vehículos especiales que determina el artículo 54 de la Ley de Tránsito (como los de labores policiales o de FF.AA., o bien, vehículos extranjeros en tránsito temporal en el país), el MTT señaló que quedan exentos de esta solicitud.
En el caso de vehículos que cuenten con su patente pintada en sus costados, como taxis o camiones, deberán realizar el grabado sólo en espejos laterales y parabrisas.
Por último, quienes infrinjan la ley y cometan una falta grave, desde el MTT comentaron que ellas aplicarán sólo al cumplirse el periodo de 12 meses de regularización, que es lo que entrega la norma para que todos puedan grabar los vehículos, así como también, su exigencia en las inspecciones de Plantas de Revisión Técnica.
De todas maneras, aunque desde el MTT se muestran satisfechos con el fin del proceso y con la promulgación en el Diario Oficial, todavía queda por ver qué ocurre con el proyecto de ley de la diputada Paula Labra, la cual busca eliminar la obligatoriedad del grabado, debido a que considera que la normativa no ayudará a disminuir el robo de autos.