El Ministerio de Transportes de Argentina publicó este miércoles una resolución para que los buses de larga distancia, como los que empresas trasandinas que llegan a los terminales chilenos, equipen cinturones de seguridad tres puntos de anclaje para todos los pasajeros. Las compañías de ese país tendrán seis meses para adaptarse a la nueva normativa legal, según explica el portal Autoblog.
El mismo sitio explica que la obligación regirá para todos los vehículos cero kilómetros que entren en operación a mediados de 2020, de manera que -siguiendo la lógica jurídica- no es una normativa retroactiva. Además, en buses que equipen televisores, deberá emitirse un video sobre el correcto funcionamiento de este vital elemento de seguridad creado a fines del 50 por Volvo. El cinturón podrá quitarse solo para ir al baño y desplazarse dentro del bus.
Cinturones de tres puntos: ¿Y en Chile?
En nuestro país esta materia está regida por la Ley 20.508 del 18 de abril de 2011. Desde ese año se establece la obligatoriedad de usar el cinturón de seguridad en buses, los que deben equiparlo para todos los pasajeros siempre y cuando su fabricación corresponde sea igual o posterior al año 2008 (cuando este dispositivo no funcione, la responsabilidad recae en el dueño del bus). Si el bus es más antiguo pero igualmente equipa cinturones, entonces también se vuelve exigible su uso. Además, cuando un pasajero se niegue utilizarlo, el conductor puede solicitarle que se baje del vehículo.
Eso sí, en ninguna normativa posterior se ha exigido que estos cinturones deban ser de tres puntos. En la práctica, si bien algunos buses cuentan con este elemento que se cruza creando un triángulo, la mayoría de ellos equipa el cinturón de seguridad de tipo faja, que no brinda la sujeción más adecuada.
Quienes no ocupen el cinturón de seguridad en nuestro país, y sean sorprendidos por Carabineros, son multados con hasta 1,5 UTM, vale decir unos $ 72 mil.