¿Cuánto le costará al Gobierno la implementación de la Ley CATI?
La esperada ley que busca disminuir los siniestros viales tendría un costo cercano a los 9 mil 600 millones de pesos y se estima que recaudará más de 90 mil millones al sexto año.
Uno de los proyectos más esperados y por el que más trabajó Conaset y el Ministerio de Transportes en los últimos gobiernos -también uno de los que más tiempo permaneció en el Congreso como proyecto- es el que se conoce como “Ley CATI” (Centro Automatizado de Tratamiento de Infracciones).
Tras años en la sede legislativa, el pasado 24 de enero se aprobó la ley que faculta al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) para que, a través de una red de dispositivos automatizados, pueda detectar excesos de velocidad, transito de vehículos en área urbana con restricción por contaminación ambiental, infracciones a las normas de transportes terrestre, susceptibles de captación automatizada (uso de vía exclusiva) y el no respetar la luz roja de un semáforo.
El proyecto tiene como objetivo reducir el número de siniestros viales y, por ende, bajar el número de personas lesionadas y fallecidas debido a excesos de velocidad, un registro que lamentablemente en nuestro país ofrece estadísticas muy preocupantes.
Eso sí, a diferencia de lo que muchos pueden pensar, no habrá dispositivos de captura automatizados de infracciones en toda la ciudad, sino que en puntos específicos que se definirán por la autoridad en base a estudios.
Pero, ¿cuál será el costo de la implementación de este sistema?
Según el Informe Financiero Sustitutivo publicado la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, publicado en 2018 y vigente hasta el día de hoy como nos indicaron en el MTT, “este proyecto de ley irroga un mayor gasto fiscal en régimen equivalente a $9.598 millones de pesos. Este gasto considera el personal adicional, los costos de operación y mantenimiento de los dispositivos, y otros costos adicionales”.
En cuanto a los gastos de trabajadores, el informe señala que “para la nueva división se estima un mayor gasto en personal de $1.276 millones, a partir del sexto año. Este monto considera incrementar la dotación del actual Programa de Fiscalización del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones en 68 personas, donde el mayor incremento está dado por la contratación de 42 inspectores fiscales. Por otro lado, la instalación de dispositivos (cuyo nombre técnico es “cinemómetro”) también se realizará en forma gradual, desde el año 2 al año 6″. El número de estas cámaras llegará a 292 en el séptimo año de ejecución.
El documento agrega que “desde el año 7 en adelante no se consideran nuevos dispositivos a instalar. De este modo, el costo de instalación de dispositivos cambia con la cantidad de nuevos dispositivos instalados (incremental cinemómetros). En el segundo año, se instala una cantidad de 38 nuevos dispositivos, lo que supone un costo de instalación equivalente a $1.475 millones de pesos. Esa cifra se sigue incrementando hasta llegar a $3.256 millones en el año 6, cuando se instalan 78 nuevos dispositivos. Cabe señalar que el primer año considera un gasto de 498 millones dentro del concepto “instalación de dispositivos”, pese a que en tal año no se instalan dispositivos, pues se considera un costo de hardware a realizarse el primer año y por una sola vez”.
Otro punto relevante que se precisa, según lo indicado en el informe por la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito, es el costo de inversión y la instalación por dispositivo, cuyo costo “asciende a $33.848.111 pesos y, por otra parte, el costo unitario de mantención es igual a $548.289 pesos por dispositivo. Cabe señalar que los costos de inversión e instalación se efectúan 1 sola vez por dispositivo (cuando se compra e instala); en cambio, los costos de mantención son anuales y permanentes, y cambian con la cantidad total de dispositivos instalados”.
Junto a estos costos, el informe que está disponible en el sitio de la Dipres indica que “la puesta en marcha del Sistema de Tratamiento Automatizado de Infracciones del Tránsito también considera la inversión en software por un monto de $4.998 millones, a realizarse una sola vez en el año primero. Por otro lado, para la operación y el mantenimiento del sistema se estima un mayor gasto fiscal en régimen de $6.860 millones.
Finalmente, se consideran $1.462 millones, en régimen, para otros gastos, los que incluyen oficinas, pasajes, estudios, campañas comunicacionales y call center. Específicamente, se considera un costo permanente equivalente a $580 millones que corresponde a estudios, y $726 millones, también permanentes, que corresponden a campañas comunicaciones de educación vial”.
¿Es financiable la Ley CATI?
La Ley CATI tiene por objetivo disuadir a los conductores de las malas conductas al volante y la idea central no es generar ingresos, sino que disminuyan los siniestros viales. De todas maneras, las cifras que considera el informe de la Dipres exhiben ingresos cuantitativos.
El informe muestra una proyección de infracciones y multas y considerando la distribución según gravedad y las multas respectivas establecidas por el proyecto, por cada infracción efectivamente detectada y multada, se espera recaudar 0,63 UTM.
Si eso se multiplica por las infracciones, el informe señala que “se estima una recaudación del sistema de $91.074 millones a partir del sexto año. De los fondos recaudos por el Sistema de Tratamiento de Infracciones del Tránsito, $54.433 serán transferidos a la Tesorería General de la República, y $ 9.606 se destinan al Fondo Común Municipal.
Por su parte, los $27.035 millones correspondientes al concepto de recaudación por pagos no anticipados, también ingresan al Fondo Común Municipal, puesto que son multas impuestas por los juzgados de policía local.
En conclusión, el informe señala que “irrogará un mayor gasto fiscal en régimen de $9.598 millones y un mayor ingreso fiscal en régimen de $91.074 millones de pesos”.
Respecto a cómo se financiará los primeros años especialmente, se indica que “el mayor gasto fiscal que demande la aplicación de esta ley durante el primer año presupuestario de su entrada en vigencia se financiará con cargo al presupuesto de la del Ministerio de Transportes y, en lo que faltare, con recursos provenientes de la Partida Tesoro Público. En los años siguientes se financiará con cargo a los recursos que disponga la respectiva Ley de Presupuestos del Sector Público”.
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