Somos clientes asiduos de malls y supermercados, y en menor medida o necesidad, de hospitales, aeropuertos y otros recintos privados. En todos, nos vemos en la obligación de pagar por el servicio de estacionamiento, cuyo cobro a veces no entendemos cómo funciona.
Y es que pese a que lleva varios años vigente, muchos consumidores desconocen las implicancias de la Ley de Estacionamientos, la cual regula el cobro de este servicio en recintos privados, pero también raya la cancha respecto de los derechos y deberes de las empresas proveedoras y los usuarios.
¿Cuál es la forma legal de cobro por estacionamiento? ¿Qué pasa si extravío mi ticket? ¿Responde la empresa concesionaria en caso de robo? Son todas interrogantes, sobre las cuales muchas veces desconocemos las respuestas.
De ahí, que hoy hacemos un repaso por la Ley N° 20.967, además de detallar las obligaciones del conductor...
Precio por servicio efectivamente utilizado
La Ley de Estacionamiento establece dos estructuras de cobros, cuyo propósito es que los usuarios paguen por el servicio efectivamente utilizado. Las empresas deben decidir por cuál de ellas optar.
Una de ellas es el fraccionamiento por minuto efectivo de uso. La segunda alternativa es por un tramo mínimo de 10 minutos de tiempo vencido, cuyo período inicial no debe ser inferior a media hora.
Cualquiera sea la modalidad de cobro que utilice la empresa, no podrá, bajo ninguna circunstancia, redondear o aproximar la tarifa al alza.
Estas exigencias también aplican a las empresas que administran estacionamientos en la vía pública.
En ciertos casos, se establece gratuidad del servicio de estacionamiento. Por ejemplo, en clínicas y hospitales cuando éste sea utilizado en una situación de urgencia -y durante el tiempo que dure ésta-, o bien, sea usado por pacientes que tengan una dificultad física permanente o transitoria para su desplazamiento.
¿Qué sucede si pierdo mi ticket?
Este es un avance importante respecto de lo procedía antes, cuando las empresas obligaban a los consumidores a pagar el día completo o una tarifa prefijada.
En este sentido, esta ley aplica un criterio de justicia al eliminar el cobro de una tarifa prefijada o de una suma mayor a la que corresponde pagar por el tiempo que efectivamente estuvo el consumidor en el estacionamiento.
Así, en caso que los consumidores pierdan su ticket, serán las empresas las que tendrán la responsabilidad de determinar, tras consulta a sus registros, el tiempo efectivo en que el consumidor utilizó el estacionamiento, debiendo cobrar solo la tarifa correspondiente a éste.
Responsabilidad en caso de robos
La normativa establece que si la empresa no toma las medidas de seguridad adecuadas y se producen hurtos, robos o daños en los vehículos, será civilmente responsable de los perjuicios causados al consumidor.
Si se produce el robo, hurto o daño al vehículo o al propio consumidor, debe entenderse que las empresas que ofrecen el servicio de estacionamiento no adoptaron las medidas de seguridad adecuadas, y por tanto, deben asumir dicha responsabilidad.
¿Cuáles son las obligaciones del conductor?
Los conductores tienen una gran obligación con el proveedor que es pagar por el servicio. Así mismo, para utilizar el servicio como corresponde es bueno considerar:
- Estacionar como corresponde, entre medio de las líneas que demarcan, quedando paralelos a los vehículos de los costados.
- Dependiendo el recinto puedes estacionarte normal o aculatado, aunque por seguridad recomiendan estacionarse aculatado.
- En los estacionamientos bajo techo o subterráneos enciende las luces, en muchos de ellos es como si fuese de noche.
- Maneja muy despacio y a la defensiva, nunca sabes cuando puede aparecer un niño o niña corriendo entre medio de los autos. Algunos llegan entusiasmados, considérenlo.
- Al igual que en las calles, autopistas y carreteras, en el estacionamiento solo pueden manejar vehículos las personas con licencia de conducir y que sepan respetar las normas del tránsito, dado que en un estacionamiento podrías encontrarte con ceda al paso, límites de velocidad o sentidos de circulación, entre otras señaléticas.
- No te estaciones en doble fila ni en un lugar donde no está habilitado.