Este martes se publicó en el Diario Oficial la Ley 21.377, que modifica la Ley de Tránsito 18.290. Así, desde este 12 de octubre comienza a regir la denominada Ley No Chat, que castiga con mayor severidad conductas irresponsables al volante relacionadas al uso de celulares y de otros dispositivos móviles que no son originales de vehículo. Los conductores que no acaten la normativa se exponen a multas que van hasta los $ 160 mil y a la suspensión de licencia por hasta 45 días (en caso de ser la primera vez que incurren en la infracción).

En concreto, la modificación legal -que había sido despachada por el Congreso en septiembre- agrega el numeral 5 en el artículo 199 de la Ley de Tránsito, trasladándose esta acción desde el marco de las infracciones graves a las gravísimas. Se añade el siguiente enunciado: “Conducir un vehículo manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, que no venga de fábrica incorporado en él, excepto si la acción se realiza a través de un sistema de manos libres, conforme a las especificaciones que determine el reglamento”.

La ONG No Chat, patrocinadora de esta modificación legal, detalla que -por ejemplo- manipular un celular al conducir quintuplica la posibilidad de atropellar a un peatón. Se entiende por ‘manipular’ la acción de chatear, portar el celular en la mano, digitar celular u otro dispositivo. Asimismo, no está tampoco permitido utilizar el celular, u otro dispositivo, en una detención de semáforo o de señal PARE, ya que estos elementos tecnológicos solo pueden usarse con el vehículo estacionado y el motor detenido.

En la práctica, pensando en un vehículo que equipa sistemas como Apple CarPlay o Android Auto, lo recomendado es que se fije un destino (o se digite un número o se responda a un mensaje) solo estando estacionado o bien que se haga mediante el uso del reconocimiento por voz.