Hace unas semanas comenzó a regir la nueva ley de tránsito. El punto que más interés concitó fue el de la exigencia en el grabado de la patente en los vidrios del vehículo, sin embargo, hubo otro ajuste que quedó en evidencia cuando en una fiscalización de Carabineros que se emitía en el matinal Tu Día de Canal 13 se informó que ahora el ocultamiento de la patente ya no es un delito, sino que pasó a ser una infracción gravísima. O sea, ya no hay detención.
La modificación a la Ley 21.601 impulsada en el Congreso y por el Ministerio de Transportes se promulgó el 1 de septiembre y el 8 de marzo pasó a la Contraloría General para la tramitación final. El objetivo de la nueva norma es prevenir y sancionar la venta de vehículos motorizados robados.
Entonces, ¿por qué se ajusta la tipificación de delito que existía antes y se cambia a infracción gravísima el ocultamiento de la patente?
Para conocer sobre este tema, conversamos con el comandante de Carabineros, Rodrigo Pérez, quien nos señaló que “efectivamente hay unas consideraciones en los artículos que establece la Ley 21.601 que viene a modificar la ley del tránsito. En ese sentido, en el caso particular que conllevaba la detención por parte de Carabineros a quienes hicieran uso de vehículos con placas patentes ocultas o sin sus placas patentes, pasa a ser una infracción al tránsito gravísima, pero en particular, y es lo que la norma establece, corresponde también el retiro del vehículo de circulación y el retiró de la licencia al conductor quien, además de exponerse a la multa gravísima que va entre 1 y 1,5 UTM, se expone a la suspensión de la licencia”.
La medida, que en el papel aparece suavizada respecto de la anterior normativa, busca causar un mayor impacto en el infractor, pues como indica el comandante Pérez, “efectivamente, con la detención uno puede pensar que la persona va a quedar tras las rejas muchas veces, pero por la por la gravedad de la comisión del delito hasta antes de la modificación, no quedaban cumpliendo una medida privativa de libertad. En este caso, es más complejo el escenario que se le presenta al infractor, ya que se le retira el vehículo, se le cursa la infracción gravísima y además se expone a la suspensión de la licencia”.
Eso sí, el comandante precisa que todavía sigue siendo delito si un conductor es sorprendido manejando un auto con una patente adulterada.
“Existe una normativa de esta ley 21.061 que estable una consideración que a lo mejor no queda tan clara y que es la adulteración, o sea, tomar la patente y colocarle una cinta para cambiar la letra o tu número. Eso es una adulteración y sigue siendo un delito. En este caso, el conductor que, a sabiendas, se desplaza en un vehículo que mantiene su placa patente adulterada o su número de chasis adulterado, corresponde la detención. Las penas quizás no son tan altas, desde la mirada penal, pero sí corresponde la detención”.
Una medida controvertida
El cambio de la normativa sorprendió a distintos actores de la movilidad, quienes se sorprendieron con el cambio de delito a infracción gravísima.
En cuanto al tema legal, José Francisco Gallegos, abogado de FGN Abogados, comentó que “efectivamente una multa dentro del ordenamiento punitivo es la más baja de las sanciones que se pueden remitir a una persona. La multa busca sancionar pecuniariamente y a lo más con una sanción accesoria como lo es la suspensión de la licencia de conducir al infractor cuestión que evidentemente es inferior en gravedad a la pena establecida previamente por este delito”.
Alberto Escobar, director de Movilidad de Automóvil Club de Chile, también mostró sorpresa y comentó que “recientemente fue modificada la ley 21.601, la cual nos habla sobre el ocultamiento de la placa patente y que hasta en ese momento, era un delito; hoy en día, es sólo una falta gravísima. No se ha hecho mucha masificación al respecto y nos hemos encontrado con esta sorpresa, incluso entre muchos especialistas del sector, con este cambio en el criterio en la ley y por esta modificación en el artículo 192, en su primero inciso. Una noticia tan importante debería ser de conocimiento público, y consideramos que esto es un retroceso”.
El especialista agregó “es muy lamentable que se haya cambiado el criterio, más aún cuando la seguridad se ha tornado en un tema prioritario a nivel ciudadano, legislativo y estatal. Todo ese esfuerzo que se ha hecho en los últimos años para generar dificultades en quienes cometen hechos delictuales, como el robo, tráfico y clonación de vehículos, se puede ver interrumpido con esta modificación, y que puede representar un peligroso retroceso en materia de seguridad. Hoy en día, se deben entregar señales claras y ser más que consecuentes frente a la delincuencia, y esta no es la mejor manera”.
Entre los principales problemas que visualiza Escobar sobre el cambio es que “actualmente, ocultar la placa patente está en la misma categoría de pasarse una semáforo rojo o un disco pare, y abre la puerta para que muchos más usuarios se atrevan a cometer este ilícito, principalmente en las autopistas, ya que sólo tendrán que pagar una multa asociada. Se está abriendo la puerta para que el concepto de evasión en las autopistas concesionarias se legitime, ya que se les estaría dando mayor facilidad a los automovilistas para cometer este tipo de infracciones, cuyas cifras podrían acercar perfectamente a las tasa de evasión que existen hoy en el transporte público metropolitano”.
En cuanto a la controversia que genera la modificación de la normativa, el comandante de Carabineros Rodrigo Pérez precisó que “para nosotros, cualquiera sea la modificación o la consideración que se tenga, o como opinen las personas en general, nosotros cumplimos con nuestra labor de fiscalización y control en razón a la normativa que está publicada. No damos margen de interpretación a eso, solamente acatamos lo que la norma, la ley, establece sobre la base de la fiscalización que realizamos nosotros”.