Ya sea de uso personal o arrendando a grandes compañías dedicadas al rubro, el uso de scooters eléctricos se ha hecho cada vez más masivo en las grandes urbes del mundo. Su practicidad, sin embargo, contrasta con su falta de regulación en gran parte del mundo. Pero en España planean cambiar aquello.
Así lo anunció la Dirección General de Tráfico (DGT) del país europeo, que detalló la formulación de un nuevo reglamento para mejorar la seguridad de los usuarios vulnerables en las vías de tránsito. Esto incluye a peatones, ciclistas, conductores de vehículos de movilidad personal, ciclomotoristas y ciclistas, y el ente lleva trabajando en la redacción del documento por más de tres años.
Entre los detalles del reglamento destaca el uso obligatorio del casco de seguridad, una edad mínima para su utilización de 16 años y, para quienes lo empleen como herramienta de trabajo -como los repartidores de comida-, el chaleco reflectante será obligatorio.
En junio de 2023, expertos ya advertían del aumento de accidentes relacionados con el uso de este método de transporte. “Se está produciendo un aumento exponencial de los accidentes provocados por los mismos”, dijo a OK Diario el doctor Rafael López Arévalo, jefe del Servicio de Cirugía Ortopédica y Traumatología del Hospital Quirónsalud Málaga. “Justo acabamos de operar a un chico con una fractura muy compleja, que suele producirse por accidentes de motocicletas o caídas desde una gran altura”, añadió.
De este modo, las reglas formarán parte del Reglamento General de Circulación de España, pese a que también acotará los lugares en los que se pueda utilizar. Según el documento, los vehículos de movilidad personal, donde se incluyen formalmente los scooters eléctricos, solo podrán circular en zonas urbanas y deberán portar “al menos” o un elemento luminoso o uno retrorreflectante.
Otro elemento que se especifica, este de corte más vial, será la obligatoriedad de señalar con el brazo, tal como lo hacen los conductores de bicicletas, hacia la dirección en que virarán, en caso de hacerlo.
Ya en el aspecto administrativo, en la reciente referencia del Consejo de Ministros publicada el pasado 28 de mayo se añadieron modificaciones respecto al Proyecto de Ley de Seguros de Automóviles. Allí, se incluyó el concepto de vehículo personal ligero, es decir, del scooter eléctrico. Esto quiere decir que, en un futuro próximo, deberán contar con un seguro obligatorio de responsabilidad civil.
Por otro lado, y en línea con la protección de los civiles, se dispuso la restricción de los lugares en los que pueden circular y estacionarse los scooters eléctricos, eliminando de los espacios reglamentados a las aceras y cerca de pasos peatonales.
La actualización del reglamento también abarca otros vehículos y situaciones viales. En el apartado médico, el reglamento incluyó la reducción de las tasas de alcoholemia para conductores noveles -es decir, que cuentan con un carné de conducir con una antigüedad inferior a un año- y profesionales a 0,2 gramos por litro de alcohol en sangre, cuando el límite actual es de 0,3, detalló Infobae.
Sobre las bicicletas, se establece que deberán circular por la calle y preferiblemente por el centro de la pista, en vez del borde externo. Debido a esto, todo vehículo a motor deberá mantener una distancia mínima de cinco metros de distancia de la bicicleta que vaya adelante suyo. Si quieren rebasar al vehículo a pedales, no podrán exceder los 20 kilómetros por hora al límite establecido y tendrán que alejarse mínimo un metro y medio, o incluso cambiarse de pista si es necesario.
De momento, el Reglamento General de Circulación se encuentra en la fase de audiencia pública, antes de ser presentada al Consejo de Ministros, consignó OK Diario.