El Papa ha decidido abrir una auditoría a la Congregación para el Clero, un departamento creado en 1564 para asegurar la correcta aplicación de los decretos emanados del Concilio de Trento, que hoy se ocupa entre otros asuntos de la formación sacerdotal o de la pastoral para alimentar las vocaciones.

Para llevarla a cabo, el Papa ha puesto al frente al obispo de la diócesis de Mondovì, en la región del Piemonte, el italiano Egidio Miragoli, según ha dado a conocer el periódico oficial de la diócesis ‘L’Unione Monregalese’.

Tal y como ha revelado el responsable del proceso de control en el órgano vaticano -que culminará con el nombramiento de un prefecto que sustituirá al cardenal Beniamino Stella, que cumple 80 años el próximo mes de agosto-, el Papa le “pidió el favor” durante la asamblea de la Conferencia Epsicopal Italiana (CEI) de “hacer una visita, en su nombre, a la Congregación para el Clero”.

En un correo electrónico enviado a los sacerdotes de su diócesis cuyo contenido ha sido publicado por ‘L’Unione Monregalese’, Miragoli señala que el encargo del Pontífice requerirá un tiempo que no puede cuantificar en estos momentos pero que presumiblemente “ocupará al menos el mes de junio, aunque no de forma continuada”.

Las visitas con las que pondrá en marcha la auditoría comenzarán este miércoles, según revela él mismo, si bien hasta el momento la oficina de prensa del Vaticano no lo ha comunicado oficialmente.

La Congregación para el Clero cuenta con 27 empleados que son sacerdotes (incluido el Prefecto) y dos laicos.

Hasta el 31 de diciembre de 1967 a este organismo se le conocía como Congregación del Concilio, título que cambió el Papa Pablo VI a Congregación para el Clero, y que quedó recogido en la constitución apostólica “Regimini Ecclesiae Universae”.

Las competencias de este departamento se dividen en cuatro secciones:

  • La sección del clero se ocupa de cuestiones de pastoral y promueve una más adecuada distribución del clero en el mundo.
  • La segunda sección gestiona todos los seminarios del mundo, excepto aquellos que dependen de la Congregación para la Iglesias Orientales y aquella para la Evangelización de los Pueblos.
  • La sección tercera se ocupa de la administración de los bienes eclesiásticos pertenecientes a las personas jurídicas públicas, además de la aprobación de las tasas y tributos.
  • La última sección se encarga de la dispensa de las obligaciones inherentes a la Sagrada Ordenación del Diaconado y del Presbiterado en determinados casos.