Sin velorio y 24 horas para el proceso fúnebre: en qué consiste el proyecto de funerales de alto riesgo que despachó el Congreso

Entierro a balazos: la temida ruta de los choferes de funerarias. Foto: referencial
Entierro a balazos: la temida ruta de los choferes de funerarias. Foto: referencial

El proyecto fue aprobado este miércoles en el Senado con 35 votos a favor.


Tras extensos meses de tramitación, el proyecto que regula los funerales de alto riesgo fue despachado por el Congreso. De esta forma, se convirtirá en ley una de las normas claves del paquete de seguridad que impulsó el Ejecutivo.

La inicitiva legistiva fue valorada transversalmente entre los parlamentarios, y lo mismo realizó la ministra del Interior, Carolina Tohá, quien afirmó que no “buscan naturalizar los narcofunerales” sino que “la realidad es que los narcotraficantes, al igual que cualquier persona, también mueren. Y tienen los mismos derechos que cualquier ciudadano, ellos y sus familias. Tienen derecho a un velorio de 48 horas, en un lugar determinado, que puede incluir un recorrido por su casa de la infancia, su mausoleo o incluso los sitios vinculados a sus actividades delictivas. Actualmente, no existen herramientas legales para impedirlo”.

En esa línea, precisó que con la implementación de esta nueva ley los funerales que sean calificados de alto riesgo no tendrán estas facilidades.

¿En qué consiste la ley?

El proyecto determina que una vez que sea notificado el fallecimiento, Carabineros deberá entregar un informe –en un plazo máximo de dos horas desde el conocimiento del deceso– a la delegación presidencial correspondiente. Dicho escrito debe contener los niveles de riesgo, antecedentes delictuales y otros indicadores que la policía considere relevantes para la seguridad pública.

El trámite se comunicará personalmente por uniformados a alguna persona mayor de edad relacionada con el fallecido: cónyuge o conviviente civil sobreviviente, hijos, ascendientes y hermanos.

Luego de ser notificados, la familia deberá efectuar la inhumación o cremación dentro de las siguientes 24 horas. Este plazo contempla la totalidad del proceso funerario; inscripción de defunción en el Registro Civil, identificación y traslado del fallecido hasta donde se realizará la sepultación o cremación. Esto quiere decir que no se podrán realizar velorios, y deberá continuar directamente al cementerio.

En el caso de que durante la ceremonia mortuoria se incurran en delitos tales como el uso de armas, disparos injustificados u otros, los involucrados recibirán penas de presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años y un día) así como una multa de 10 a 20 UTM.

De tal modo, se castigarán los ilícitos cometidos dentro del lugar donde se realice la sepultación o cremación del difunto. Además, también contempla los delitos que ocurran durante el rito fúnebre o en medio del traslado del cortejo.

Junto con esto, la nueva norma permite a Carabineros determinar la ruta del traslado del fallecido, controlar la identidad de sus participantes, impedir el ingreso de elementos que pudieren causar lesiones y prohibir la asistencia de personas bajo influencia del alcohol o drogas.

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