A un año de la ley que creó el registro de deudores: juzgados han ordenado pagos por más de $ 830 mil millones por pensiones de alimentos

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“Es trascendental para que las personas, desde su más tierna infancia, puedan satisfacer sus necesidades espirituales y materiales que se asuma que la corresponsabilidad parental es indispensable e inexcusable, o así tendremos una sociedad conformada por personas sanas y equilibradas. Y si bien la ley va en el camino correcto, no es suficiente“, subrayó la ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich.


El lunes se cumplió un año desde que fue promulgada la Ley de responsabilidad parental y pago efectivo de pensiones de alimentos, también conocida como la Ley “Papito Corazón”.

Es por ello que esta mañana el ministro de Justicia, Luis Cordero, junto a su par de la Mujer, Antonia Orellana, y la ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich, entregaron un balance del primer año de la Ley 21.484.

Chevesich encabezó la entrega de cifras y partió relevando que la normativa “liberó a la parte demandante, generalmente son las madres, de la carga de buscar los ingresos de la parte demandada para obtener el pago de las deudas por concepto de pensiones de alimentos, algunas de larga data”.

Enseguida, explicó que la ley contempla dos regímenes: “El procedimiento especial, que previa solicitud de parte, autoriza a los tribunales a despachar oficios a las entidades bancarias, financieras y de inversión del país, donde el deudor podría tener recursos, y de ser así, ordenar su retención para decretar el pago de la deuda por concepto de pensión de alimentos”.

“Y también tiene un procedimiento extraordinario que también, previa petición de parte, faculta a los tribunales a dirigirse a la Administradora de Fondos de Pensión, a las instituciones donde el deudor mantiene sus fondos de capitalización individual, ordenándoles retenerlos para efectuar los pagos correspondientes”, agregó.

Las cifras

Respecto al procedimiento especial, desde que entró en vigencia la ley, hasta el 15 de mayo de este año, se han presentado 474.704 peticiones, equivalentes a 258.154 causas, considerando que por cada una se puede presentar, por la parte alimentaria, más de una solicitud.

En este escenario, los tribunales de familia han efectuado 1.368.801 consultas a las instituciones bancarias, financieras y de inversión. Con dicha información, han decretado 172.432 retenciones de activos de los deudores, y dictado 112.208 órdenes de pago que han beneficiado a un total de 104.807 personas que tienen la calidad de alimentarios, es decir, a quienes se les adeuda una presión de alimento. “Algunas de larga data y bastante cuantiosas”, precisó la ministra de la Suprema.

En cuanto al procedimiento extraordinario, se han recibido un total de 399.322 solicitudes para el inicio, que corresponden a 188.167 causas, realizado un total de 212.889 consultas a las Administradoras de Fondo de Pensiones. Los Juzgados han decretado un total de 72.076 órdenes de pago que han beneficiado a un total de 63.259 alimentarios.

Sobre los montos recabados en ambos procedimientos, Chevesich especificó que en el especial ya se han pagado un total de $ 48.000 millones, y se ha ordenado un pago total de $ 293.202 millones, que son los recursos que están retenidos en las entidades bancarias financieras de inversión para el pago de deudas de pensiones de alimentos.

Por la vía extraordinaria, en tanto, se han pagado un total de $269.516.304.986, lo que ha beneficiado a más de 63.000 personas. Y el monto total retenido hasta el 15 de mayo alcanza los $ 537.235.426.313, que son recursos que se entregarán a los alimentarios, “solucionando con ellos deudas por ese monto una vez que hayan transcurrido los plazos correspondientes establecidos en la ley“.

Respecto al monto final, sumados los asegurados por los Juzgados de Familia mediante su retención, tanto pagados como con orden de pago a puertas de cumplirse, son 830.438.334.514 pesos. “O sea, una cifra bastante importante”, destacó la autoridad del Poder Judicial.

“Es trascendental para que las personas, desde su más tierna infancia, puedan satisfacer sus necesidades espirituales y materiales que se asuma que la corresponsabilidad parental es indispensable e inexcusable, o así tendremos una sociedad conformada por personas sanas y equilibradas. Y si bien la ley va en el camino correcto, no es suficiente“, subrayó Chevesich.

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