Esta jornada, una resolución del ministerio de Salud reconoce la objeción de conciencia que el Hospital parroquial de San Bernardo invocó para abstenerse de realizar abortos. Esto, en las tres causales que ley permite realizar el procedimiento.
El dictamen se enmarca dentro de un arduo proceso en que organismos de salud que apoyan la objeción han debido adaptarse al nuevo marco legal. Esto en el marco de la resolución de la Contraloría que establece que los centros privados que tengan vigente un convenio con el Estado mediante el Decreto con Fuerza de Ley N° 36 (DFL-36) para realizar prestaciones ginecoobstetras, no podrán ser objetoras de conciencia institucional.
El pasado 10 de mayo, el obispo de la zona y patrono del centro asistencial, Juan Ignacio González, advirtió: "Lo que está claro es que en el Hospital Parroquial nunca haremos abortos y, en última instancia, aplicaremos la objeción individual, que ya existe en el recinto, pero no dejaremos los convenios" . En el caso del mencionado recinto, mantiene vigente un convenio mediante el DFL-36 con el Estado.
En octubre de 2018, el ministro Santelices recalcó que los servicios de salud que tengan convenios DFLN°36 con alguna institución de estas características "tendrán que adecuarse jurídicamente para dar cumplimiento estricto de esta ley".