El pasado 29 de noviembre, el infectólogo Carlos Beltrán Buendía respondió por medio de un email masivo a la serie de denuncias realizadas por Williams Patricio Morales, activista VIH/SIDA y dirigente de la Red Nacional de Pueblos Originarios (RENPO), que aseguraba que el especialista lo había sometido a un "experimento dañino e irregular" para su salud.

El contenido de dicho correo, a juicio de Morales, resultaba fuera de regla, puesto que además de reconocer que lo había tratado, quien hoy se desempeña como asesor del ministro de Salud Emilio Santelices en materia de VIH, "relata con lujo de detalles su relación médico-paciente, así como el estado de salud pasado y presente".

Aquello motivó a Morales, a través del abogado Esteban Arévalo, a presentar un recurso de protección contra Beltrán en la Corte de Apelaciones de Santiago. En la acción expone que en el correo, el especialista "hace referencia directa a información contenida en la ficha clínica de mi representado", lo que constituye a juicio de ellos un acto ilegal.

Esto, porque de acuerdo a la Ley Nº 19.628 "la información contenida en las fichas clínicas será considerada dato sensible".

"La ilegalidad con que actuó el recurrido es evidente de la sola lectura del correo electrónico masivo que remitió a decenas de personas y organizaciones, ya que incumpliendo todas y cada una de las normas ya reseñadas, dio a conocer datos sensibles contenidos en la ficha clínica de mi representado. Además, su calidad de médico cirujano y asesor del Ministro de Salud justamente, en materias relacionadas con el VIH/SIDA, hace aún más reprochable su actuar", manifiesta el abogado en la acción

A su vez, también por intermedio del recurso, pidieron al tribunal de alzada "oficiar al Ministerio de Salud, a fin de que informe y de cuenta de la calidad de funcionario público del recurrido, la efectividad de ser asesor del Sr. Ministro de Salud, su nombramiento y las funciones que le han sido encomendadas en este contexto".

Durante la jornada de ayer, la Corte admitió a trámite la acción, estableciendo un plazo de cinco días para que Beltrán remita un informe con "todos los antecedentes que existan en su poder sobre el asunto que ha motivado el recurso".