Ante duros cuestionamientos: Transportes reconoce posibles ajustes a borrador de reglamento de Ley Uber

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A menos de un mes de la entrega del reglamento a la Contraloría General de la República, el ministro (s), Jorge Daza, afirmó que durante las últimas semanas han escuchado atentamente las opiniones de las aplicaciones para “poder ajustar el reglamento en la mejor medida que podamos, de acuerdo a los espacios que nos propone la propia ley”, tales como la antiguedad del año de la primera inscripción y la cilindrada de los vehículos.


Queda menos de un mes para que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) ingrese a la Contraloría General de la República (CGR) la versión final del reglamento de la Ley 21.553, más conocida como “Ley Uber”, que busca regular a las empresas de aplicaciones de transporte (EAT) bajo una serie de requisitos. Entre ellos, aparecen la licencia de conducir, antigüedad del vehículo, cilindrada máxima y otros. Sin embargo, las medidas han incomodado tanto a empresas como a conductores, quienes sostienen que tales requerimientos podrían tener un impacto negativo sobre el mercado laboral.

Frente a este escenario, hace unas semanas Uber lanzó una campaña por correo y avisos publicitarios persuadiendo a los usuarios a firmar una solicitud en contra del reglamento, puesto que de entrar en vigencia este encarecería los servicios en un 50%, además de reducir a la mitad los conductores disponibles, sobre todo en zonas periféricas y rurales.

Mientras, los diputados de la bancada UDI, Cristóbal Martínez y Natalia Romero, hicieron un llamado para postergar la entrada en vigencia de la ley, alertando sobre los graves efectos que podrían tener las distintas restricciones que el gobierno incluiría en el reglamento, y que, de acuerdo a un estudio de la Escuela de Ingeniería Industrial de la Universidad Diego Portales, provocaría una disminución del 88% de los viajes que se realizan actualmente.

Jorge Daza, ministro (s) de Transportes y Telecomunicaciones, ha tratado de poner paños fríos al impacto de la legislación, afirmando que su implementación será gradual y que la campaña iniciada por las aplicaciones lo que hace “es confundir a la ciudadanía, porque hace parecer que la ley aún se está trabajando y tramitando en el Parlamento, cuando la ley ya fue publicada y mandató al MTT para redactar un reglamento”.

“La ley es superclara e impone un periodo de congelamiento; es la propia ley la que indica las exigencias técnicas y tecnológicas de seguridad mínimas con las que deben contar los vehículos; es la ley la que crea el registro nacional de empresas de aplicaciones y conductores. Son cosas establecidas en la ley y que no se pueden cambiar por la vía del reglamento”, agregó la autoridad.

No obstante, el personero de gobierno afirmó que durante las últimas semanas han escuchado atentamente las opiniones de las aplicaciones para “poder ajustar el reglamento en la mejor medida que podamos, de acuerdo a los espacios que nos propone la propia ley”.

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Daza sostuvo que tales aspectos que se podrían ajustar serían los que la ley no señala de manera taxativa, como, por ejemplo, la antigüedad del año de la primera inscripción y la cilindrada de los vehículos. “Ahí hay un espacio para que el reglamento pueda precisar conceptos que puedan ser útiles para la gestión de las aplicaciones”, indicó.

Específicamente, han sido esas especificaciones las que han presentado mayor inquietud dentro de las empresas de aplicaciones de transporte. Dentro del borrador se establece que la cilindrada mínima debe ser de 1,4 litros para los vehículos con motor de combustión interna; durante los primeros 6 meses de entrada en vigencia del reglamento se podrán inscribir sólo aquellos vehículos con una antigüedad máxima de 7 años y posterior a los primeros 6 meses de entrada en vigencia del reglamento sólo podrán ser inscritos vehículos nuevos.

De acuerdo a un análisis que hizo el Observatorio del Contexto Económico de la Universidad Diego Portales (OCEC-UDP), sobre la implementación del reglamento, su director, Juan Bravo, aseguró que “la exigencia de cilindrada mínima es una medida anacrónica, pues una mayor cilindrada en la actualidad no tiene una asociación directa con mayor seguridad o calidad y, de hecho, los motores más pequeños son más eficientes, se asocian a menores emisiones de gases contaminantes”.

Asimismo, planteó que “el umbral de antigüedad debe tener una clara justificación técnica, es decir, por qué se estipulan 7 años y no otro umbral, la idea es que no se ponga un número arbitrario, sino que tenga respaldo técnico”.

Ante una posible precisión, el ministro (s) aseveró que esta no responde a ceder ante la presión de los actores asociados en la tramitación de la ley, sino que “lo que hemos hecho como Gobierno y lo que hemos comprometido es que los trámites que a nosotros nos corresponde hacer como MTT los vamos a hacer con la mayor participación ciudadana posible (...). Lo que nosotros estamos haciendo no es algo en contra de las aplicaciones, es a favor de las personas. Y si buscamos regular las aplicaciones es para brindar mayor seguridad a quienes día a día usan las aplicaciones como medio de transporte”, cerró.

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