A partir de este lunes, los afiliados de las AFP pueden comenzar a solicitar el tercer retiro del 10% de sus fondos o pedir un adelanto a sus compañías de seguros si son pensionados de rentas vitalicias.

Pese a que se fijó que el trámite pudiera realizarse desde las 9:00 horas, varias administradoras y aseguradoras ya habilitaron los respectivos formularios en sus páginas web.

En el caso de los afiliados de las AFP, podrán solicitar retirar un 10% de sus fondos, con un mínimo de UF35 ($1 millón) y máximo UF150 ($4,3 millones). En esta ocasión el retiro no tributará, a diferencia del segundo proceso.

Además, quienes tengan menos de $1 millón en sus cuentas podrán sacar la totalidad de sus ahorros.

El pago se realizará en un plazo máximo de 15 días hábiles después de haber presentado la solicitud.

Rentas vitalicias

Desde este lunes, las aseguradoras también deberán habilitar en su sitio web un acceso que permita efectuar la solicitud de anticipo. Allí habrá un formulario para el ingreso de la solicitud, donde el usuario tendrá que completar la siguiente información: nombre completo, número de cédula de identidad y serie o número de documento, domicilio completo, teléfono y correo electrónico.

A diferencia del caso de las AFP, la Comisión para el Mercado Financiero definió que el anticipo se pagará por la misma vía que regularmente se paga la pensión. Esto se concretará en un máximo de 30 días corridos desde el momento en que hizo la primera solicitud.

Una vez realizada la solicitud de anticipo, la aseguradora deberá notificar al pensionado su recepción, a través de los medios de contacto (correo electrónico y teléfono) que estén registrados previamente en sus bases de datos, además de aquellos medios de contacto que puedan haber sido informados en la respectiva solicitud.

Al igual que las AFP, las aseguradoras tendrán un plazo máximo de 4 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud para realizar su validación y comunicar a los pensionados, subrogantes o beneficiarios, si la solicitud fue aceptada o rechazada.

En caso de que la solicitud sea aceptada, la aseguradora informará las opciones de porcentajes de retiro y la pensión resultante producto de cada alternativa. De esta manera, el pensionado o beneficiario podrá optar por anticipar entre un 1% y un 10% de su reserva técnica (con tope UF150). Para cada caso, la aseguradora deberá mostrar el efecto que tendrá este adelanto en el monto de su futura pensión.

En tanto, si es rechazada, tendrán que informar con detalle las razones de ello y los requisitos para realizar una nueva solicitud.