Cámara aprueba Ley Jacinta: ¿cuáles son los nuevos requisitos para obtener licencia de conducir?

Licencia de conducir
La iniciativa aumenta las exigencias de aptitudes físicas y psíquicas para sacar o renovar la licencia de conducir.

La iniciativa, que será vista ahora por el Senado, busca reforzar la exigencia de aptitudes físicas y psíquicas para quienes saquen o renueven la licencias de conducir, con el objetivo de mejorar la seguridad vial.


Con 133 votos a favor, uno en contra y tres abstenciones, la Cámara de Diputados despachó esta tarde a segundo trámite en el Senado la llamada Ley Jacinta, iniciativa que modifica la Ley de Tránsito para hacer efectiva, en toda la población, la exigencia de aptitudes físicas y psíquicas necesarias para la conducción de vehículos motorizados.

La iniciativa -conocida como Ley Jacinta en honor de la pequeña de solo 5 meses que murió tras ser embestida por un conductor de 80 años que padecía un cáncer en etapa IV- busca reforzar la exigencia de aptitudes físicas y psíquicas para quienes saquen o renueven la licencias de conducir, con el objetivo de mejorar la seguridad vial.

El ministro de Transportes, Juan Carlos Muñoz, sostuvo que el paso dado en la Cámara “es fruto de un trabajo coordinado a nivel parlamentario y con la familia de la víctima, y que nos permite hoy tener las bases de un proyecto clave en materia de seguridad vial, como lo es fortalecer los procesos que permiten definir las condiciones de salud de quienes manejen un vehículo en nuestro país”.

“Conducir un vehículo es una responsabilidad, no un juego. Por lo mismo, el poder generar una modificación al proceso que determina la entrega de la licencia, justamente responde a esa mirada. La de tener conductores que cumplan con las condiciones necesarias para un manejo seguro. El avance de esta ley es una noticia importante que se suma a la ley Martín que se aprobó ayer, también asociado a un niño que falleció en condiciones también trágicas, al igual que Jacinta, en que se aumentan las condiciones de seguridad asociado al transporte escolar”, agregó el titular de la cartera.

En tanto, la autora de la iniciativa, diputada Erika Olivera (Demócratas), señaló que “el corazón del proyecto busca que en las familias, en los trabajos y entre los amigos se converse acerca de la tremenda responsabilidad que tiene una persona que conduce un vehículo y lo importante que es estar en las mejores condiciones tanto para el propio conductor como para el resto de la población”.

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Los detalles del proyecto

La iniciativa establece que quienes soliciten la licencia de conducir deberán acreditar, mediante declaración jurada, que no han sido diagnosticados ni conocen padecer alguna de las enfermedades inhabilitantes o restrictivas para su obtención.

Estas patologías estarán definidas en un reglamento dictado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y suscrito por el Ministerio de Salud. Aquí también se establecerá la forma de evaluar -por parte de las municipalidades- la idoneidad física y psíquica de las y los postulantes o titulares de licencias de conducir.

En este marco, presentar una declaración falsa se considerará una infracción o contravención grave de la Ley de Tránsito, lo que será sancionado con la cancelación de la licencia de conducir y multas.

De ser aprobada la iniciativa en el Congreso, el Ministerio de Transportes, en conjunto con la cartera de Salud, deberán dictar reglamentos que implementen la ley dentro de un plazo de 12 meses. La ley entrará en vigencia 90 días después de publicados tales reglamentos.

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Otras modificaciones

Además de los requisitos para las licencias de conducir, en el debate en la Comisión de Transportes, el Ejecutivo añadió dos modificaciones a la moción. La primera señala la necesidad de mejorar la retrovisual de los vehículos de transporte de personas, carga o movilización colectiva.

Particularmente, establece que deberán contar con dos espejos laterales externos convencionales, cámaras con monitores u otros dispositivos que realicen la misma función que un espejo lateral. La idea es entregar información sobre el campo de visión indirecto de quien lo conduce.

La segunda norma dispone que no podrán viajar como acompañantes en motos o motonetas menores de 12 años. Por otra parte, los acompañantes deben ir con los pies apoyados en los reposapiés laterales del vehículo que corresponda. Y, en ningún caso, podrá situarse en el lugar intermedio entre el conductor y el manubrio del vehículo.

Finalmente, la moción contempla modificar la ley que establece el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP). El objetivo es duplicar el monto de las actuales indemnizaciones en caso de muerte, incapacidad permanente total, gastos de hospitalización, atención médica y quirúrgica, etc.

Además, se aprobó reducir, de 10 a 7 días, el plazo para el pago de la indemnización, en caso de muerte de la víctima, desde la presentación de los documentos requeridos.

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