Cámara rechaza idea de legislar proyecto que impide a deudores de alimentos acceder a programas de ANID
Iniciativa, que ahora pasará a comisión mixta, apunta a reforzar el registro de morosos para hacer más efectiva la persecución de las deudas, en este caso, para quienes busquen financiamiento de programas o instrumentos financiados por la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo.
Con 24 votos a favor, 39 en contra y 57 abstenciones, fue rechazado por la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados la idea de legislar un proyecto de ley que proponía impedir que personas que se encuentren en el Registro de Deudores de Pensiones de Alimentos puedan adjudicarse becas y programas de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID).
Debido a lo anterior, la iniciativa impulsada por el gobierno y votada en segundo trámite legislativo, deberá ahora ser revisada por una comisión mixta para subsanar las diferencias existentes, puesto que previamente ya había sido respaldada por el Senado.
La normativa apuntaba a reforzar el referido registro para hacer más efectiva la persecución de las deudas, en este caso, para quienes busquen financiamiento de programas o instrumentos financiados por la ANID.
Asimismo, se modificaba la Ley 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones de alimentos, estableciendo la imposibilidad de adjudicación de programas o instrumentos financiados por dicha agencia.
Razones para su rechazo
La propuesta que venía de la Cámara Alta disponía que, en ningún caso, podrán ser declaradas admisibles las postulaciones, ni ser adjudicados los programas y los diferentes instrumentos ejecutados por la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo a quienes, al momento de la postulación y la adjudicación, respectivamente, tengan una inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
Para lo anterior, al momento de la postulación y de la adjudicación, la ANID debía efectuar un proceso de consulta masiva electrónica al Servicio de Registro Civil e Identificación.
Tal organismo debía certificar en línea si el postulante y el presunto adjudicatario consignaba una inscripción vigente en el referido registro en calidad de deudor de alimentos.
Si bien la iniciativa no contó con discusión en la Sala, durante su tramitación en la Comisión de la Familia, las y los diputados ya adelantaron su rechazo al articulado, planteando específicamente que la iniciativa no consideraba la adjudicación de otros fondos del Estado.
De este modo, los parlamentarios encontraron poco útil legislar sobre la materia, ya que, de acuerdo a lo informado por la ANID, de las 5 mil postulaciones a las becas, sólo se otorga un 33%, y de ellas, solo seis personas se encontraban en el registro de deudores de alimentos, a las cuales ya se les retuvo el 50% de sus ingresos, como lo determina la ley.
Registro de deudores
Cabe recordar que a través de la Ley 21.389 se creó el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, lo que significó un cambio de paradigma en el resguardo y ejercicio de derechos de niños, niñas y adolescentes. Esto, dado que implicó la retención y pago de agentes públicos y privados sobre las personas que integran el registro.
Además, se facultó a los órganos de administración del Estado que adjudican beneficios económicos a incorporar en sus bases, el requisito del adjudicatario de no estar en el registro.
De esta manera, el proyecto buscaba reforzar dicho registro para hacer más efectiva la persecución de deudas por pensiones de alimentos.
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