El exministro de Justicia, Isidro Solís, es el abogado que defiende al suspendido ministro de la Corte de Apelaciones de Rancagua, Marcelo Vásquez. El abogado, junto con ser notificado hoy del informe que redactó la ministra Rosa María Maggi, se dirigió hasta la Corte Suprema para solicitar una copia del acta del pleno extraordinario del pasado 17 de abril con miras a una eventual solicitud de recusación hacia algunos supremos.
En esa sesión, los supremos que integran la Tercera Sala Constitucional, liderados por Sergio Muñoz y con el apoyo de los magistrados Carlos Aránguiz, María Eugenia Sandoval y Ángela Vivanco, solicitaron realizar un pleno extraordinario para plantear la expulsión del Poder Judicial de los tres jueces de Rancagua -Emilio Elgueta, Marcelo Vásquez y Marcelo Albornoz- que están siendo investigados por presuntas irregularidades en la tramitación de sus causas.
Pese a la solicitud presentada por los supremos de la Tercera Sala, la moción no tuvo éxito. Por nueve votos contra ocho se rechazó la solicitud de remoción. Los votos favorables fueron de los supremos Sergio Muñoz, Carlos Aránguiz, María Eugenia Sandoval, Arturo Prado, Ángela Vivanco, Manuel Valderrama, Ana Gloria Chevesich y Ricardo Blanco.
Hacia todos ellos apuntaría eventualmente la jugada de la defensa del juez Vásquez.
"Una base fundamental de la justicia es que los tribunales tienen que actuar con ecuanimidad y con absoluta independencia de sus opiniones personales al momento de resolver las querellas o los problemas de las personas y para eso lo que se debe cautelar siempre es el debido proceso", aseguró Solís.
Sobre ese pleno extraordinario, el abogado afirmó que "fue rara la circunstancia en que estando pendiente la realización de un sumario, una parte de la Corte Suprema pidiera una resolución simplemente administrativa para expulsar a los ministros de la Corte de Rancagua de sus empleos".
Por eso, Solís pidió "copia de esa acta, de los fundamentos y de las opiniones para ver si corresponde que esos ministros puedan eventualmente ser inhabilitados por haber emitido opinión previa. La ley le prohíbe a los jueces emitir opinión previa al conocimiento de una causa".