El pasado 18 de noviembre el Juzgado de Garantía de Arauco acogió la solicitud del Ministerio Público para hacer una serie de exámenes y tomar muestras corporales del tío abuelo de Tomás Bravo, Jorge Escobar, único imputado y sospechoso por el delito de homicidio calificado del menor de tres años ocurrido el 17 de febrero de este año.
En concreto, la jueza Paulina Escalona autorizó la toma de muestras de cabellos de Escobar con la finalidad de compararlos con los hallazgos encontrados en un alambre de púas cercano a la zona donde fue encontrado Tomás. Además, Escalona estimó -entre otras cosas- que se debía priorizar el interés público por esclarecer los hechos.
En ese contexto, la Defensoría Penal Pública del Biobío presentó este viernes un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Concepción para evitar la toma de muestras -y dejar sin validez la resolución de Escalona- argumentando que el examen es más bien una comparación física (microscópica) y no de ADN, por lo que no sería riguroso científicamente.
Cristian Sleman, Jefe de la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional del Biobío, indicó a La Tercera que desde febrero todas las policías cuentan con el perfil genético del Jorge Escobar. Esto, con el propósito de realizar todas las diligencias necesarias.
“A nuestro juicio la diligencia no es solo improcedente, sino que además no cumple con los principios que establece la propia norma (...) lo que se pretende en definitiva es realizar peritajes que, por ejemplo, en Estados Unidos, están prohibidos por declararse en el ámbito penalista, que establecer la identidad de una persona a través de una contextura morfológica de un cabello”, detalló Sleman.
La autoridad además agregó que, en el 2015, el FBI declaró que esta práctica había sido una “enorme causa de error judicial, que había llevado a condenar a personas inocentes”.
Con todo, la magistrada -el 18 de noviembre- recalcó que “no aceptar esta pericia sería coartar o limitar la investigación que conduce el Ministerio Público”. Y sobre la idea de que esto podría afectar la salud o dignidad del imputado apuntó: “Nada se alegó que esta pericia pueda producir menoscabo a la salud del imputado, considerando esta juez que ello por sí solo no puede causar menoscabo a esta, ni tampoco afectación en su dignidad que justifique el limitar el accionar del Ministerio Público en el cumplimiento de sus obligaciones”.