En un fallo unánime, la Corte Suprema acogió un recurso de nulidad en contra de la sentencia del Tribunal Oral de Iquique que condenó a cuatro exfuncionarios de Carabineros por el delito de detención ilegal de José Vergara Espinoza, de 23 años, quien se encuentra desaparecido desde el 13 de septiembre de 2015. El nuevo juicio oral podría comenzar en la segunda quincena de agosto.

Los magistrados de la Segunda Sala Penal, estimaron los jueces del Tribunal Oral de Iquique, erraron al calificar el tipo penal como una detención ilegal y no secuestro. En el fallo se estipula que "en relación a las figuras penales de secuestro y detención ilegal que se abordan en los recursos, la doctrina ha señalado que el secuestro castiga a quien sin derecho encerrare o detuviere a otro privándolo de su libertad, siendo los principales bienes jurídicos protegidos la seguridad individual y la libertad ambulatoria, lo que se traduce en la incapacidad del sujeto para trasladarse de un lugar a otro", indican.

Los magistrados de la Corte Suprema estimaron que los exfuncionarios de Carabineros que efectuaron la detención de José Vergara se apartaron notoriamente de la normativa que están obligados a respetar y cumplir y que regula las detenciones hechas por la policía. "Al faltar a la verdad en la comunicación a Cenco, afirmando que al llegar al lugar, que corresponde al domicilio del afectado este se había retirado del lugar y no se encontraba en el domicilio, en circunstancias que de allí lo habían sacado, y adulterar, es decir, falsificar la hoja de ruta de la patrulla, que si bien no es un instrumento público desempeña -sin duda- un rol fundamental en el control de la circulación del vehículo policial", lo que implica que los imputados no cumplieron con sus funciones y no realizaron ninguna actuación que pudiera evidenciar su buena fe, dice la resolución.

La fiscal de la causa, Virginia Aravena, se mostró satisfecha por la resolución. "Lo resuelto es lo que el Ministerio Público ha sostenido desde el primer momento, esto es, que los hechos ocurridos son particularmente graves y que se enmarcaron en el tipo penal de secuestro y no otra figura".

El abogado querellante de la familia del desaparecido, Matías Ramírez, dijo que el fallo es inédito y marca un precedente. "Es la primera vez que en democracia la Corte Suprema se pronuncia sobre una desaparición forzada y anula un fallo que era una aberración en materia de la defensa de derechos humanos".