Compagnon vs. Valero
Mauricio Valero accedió a un juicio abreviado por los mismos delitos tributarios por los que se acusó a Compagnon. En esa instancia reconoció los ilícitos, por los que recibió como pena presidio remitido de 540 días, prohibición para ejercer cargos públicos durante el tiempo de la condena y una multa de $ 60 millones.
Compagnon alegó inocencia, llegó a juicio oral y recibió de pena un día más que su exsocio en Caval, igualmente prohibición de acceder a cargos públicos. Además, se le sentenció a pagar las costas de la causa. Sin embargo, la multa para ella fue de $ 23.660.402, estableciendo que habría presentado cuatro facturas falsas, y no 12 como estimaba la fiscalía.}
Pruebas insuficientes
La sentencia del Tribunal Oral de Rancagua cuestionó las pruebas presentadas por la fiscalía. El Ministerio Público acusó a Caval y a Mauricio Valero de sobornar a funcionarios públicos, pero el tribunal los absolvió. Así, los jueces estimaron que "la prueba de cargo presentada en juicio ha resultado ser insuficiente para generar una convicción de condena, lo que se traduce en que no ha sido posible comprobar la ocurrencia del hecho ilícito".
En el caso de Compagnon, la condenaron por un delito de declaraciones de impuestos falsos, traducidas en cuatro facturas emitidas en los años tributarios 2014-2015, por un perjuicio fiscal de $ 11 millones.
Trabajo por multa
En el fallo leído por el juez Joaquín Nilo, el tribunal le da la posibilidad a Natalia Compagnon de conmutar la multa de $ 23 millones por trabajo comunitario, pero bajo ciertas condiciones. La resolución señala que "si la sentenciada no tuviera bienes para satisfacer la multa impuesta, podrá el tribunal de ejecución imponer por vía de sustitución la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad. Para proceder a esta sustitución se requerirá del acuerdo de la condenada, en caso contrario el tribunal impondrá por vía de sustitución y apremios la pena de reclusión, regulándose de acuerdo a las reglas generales de conversión, previa mutación de la multa a UTM".
Atenuantes y agravantes
La fiscalía esperaba una condena de cuatro años de cárcel efectiva para Compagnon. El Ministerio Público, junto al Servicio de Impuestos Internos (SII), solicitó al tribunal considerar dos agravantes. La instancia acogió solo la propuesta por el ente tributario, respecto a que "se debe entender que en la comisión delictual, efectivamente se utilizó documentación falsa".
La defensa de Compagnon propuso cinco atenuantes. El tribunal acogió dos: irreprochable conducta anterior y colaboración sustancial. Al respecto, el fallo indica que Compagnon, a pesar de negar el conocimiento de los hechos ilícitos en que se habría incurrido (...), sí ha aportado o reconocido situaciones (...) Su aporte ha parecido, sin duda, sustancial".