Cómo será el trámite para recibir el pago de la deuda histórica de los profesores
Según indicó el ministro de Educación, los docentes que serán beneficiados deberán presentar unas “algunos formatos de declaraciones juradas simples”.
El pasado miércoles la Sala del Senado despachó a ley el esperado proyecto de reparación y pago de la deuda histórica para los profesores, uno de los compromisos de campaña del Presidente Gabriel Boric y que fue presentado por el Mandatario en diciembre pasado.
El proyecto fue aprobado por 44 votos a favor, sin registrar votos en contra y una abstención de la senadora republicana Carmen Gloria Aravena.
La propuesta considera la apertura en las próximas semanas de un nuevo proceso registral, para que aquellos docentes que no están en las bases de datos del Ministerio de Educación puedan presentar sus antecedentes. Asimismo, contempla que las y los docentes que fallezcan durante el período de pago que les corresponde puedan heredar ese monto.
¿Qué documentos se deben presentar para el trámite de pago de la deuda histórica?
En entrevista esta jornada con Radio Pudahuel, el ministro de Educación, Nicolás Cataldo, detalló el trámite que deberán realizar los beneficiados, indicando que deberán presentar “algunos formatos de declaraciones juradas simples” que desde el propio gobierno entregarán.
“O sea, no hay que ir al notario ni nada. Nosotros vamos a entregar además los formatos de las declaraciones juradas (...) son declaraciones juradas simples de que, o no han recibido el pago nunca; que se desistieron de demandar al Estado o que renuncian a la posibilidad de demandar al Estado en el futuro”, resumió la autoridad.
En este sentido, aclaró el titular de Educación, las personas que tienen un juicio por esto mismo ”pueden seguir el camino judicial”, o también tienen la alternativa de entrar en este régimen reparatorio.
¿Cuánto dinero recibirán los profesores por deuda histórica?
Esta ley considera una solución para todos los docentes afectados vivos.
- Monto de solución deuda histórica: $4,5 millones por docente, reajustables por año.
- Plazo de pago de la deuda histórica: La solución se pagará en 6 años.
- Forma de pago de la deuda histórica: El pago será progresivo, comenzando con las personas de mayor edad, avanzando por grupos de manera anual, continuando el criterio de cobertura desde los de mayor a los de menor edad. La entrega de esta solución a cada grupo será en 2 cuotas iguales, siendo la primera cuota en octubre del año correspondiente a cada grupo, y la segunda cuota en enero del año siguiente.
- Transmisibilidad: la ley considera la transmisibilidad para los casos de las y los beneficiarios que, teniendo la calidad de titulares de la solución, fallezcan durante el período de pago que les corresponda.
- Incompatibilidad con otras acciones de solución: la propuesta no se hará extensiva a las personas que ya han recibido un pago asociado a esta afectación, por acción de tribunales nacionales o internacionales, o por alguna otra forma de pago. También será incompatible con otras instancias de reclamación en curso o futuras.
- Identificación de personas beneficiarias: El Ministerio de Educación ya cuenta con un listado de personas que fueron parte del proceso de traspaso de la educación escolar a la administración municipal, donde se encuentra una amplia mayoría de las personas afectadas y que se encuentra en la web. En las próximas semanas se abrirá otro proceso para que puedan presentar sus antecedentes quienes no están en la nómina.
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