El Tribunal Oral de lo Penal de Puerto Montt condenó a 20 años de presidio a Cristian Javier Saavedra Sáez por un delito de homicidio simple frustrado y otro consumado, por hechos acontecidos durante enero de 2022 en la comuna de Calbuco, en la región de Los Lagos.
También resultó condenado Nicolás Andrés Soto Barría, quien fue cómplice de Saavedra Sáez, a la pena de 3 años y un día de cárcel, además de 541 días de presidio, por encubrir un delito consumado y un delito frustrado de homicidio simple.
Respecto a la demanda civil realizada por la familia del joven de 18 años asesinado, se acogió su solicitud y se obligó el pago de 65 millones de pesos por concepto de daño moral.
Por otro lado, y en fallo dividido, el tribunal condenó a Saavedra Sáez a la pena de 541 días de cárcel, además de la suspensión de su licencia de conducir por dos años y una multa de 2 UTM por conducir en estado de ebriedad en noviembre de 2021.
Resumen de los acontecimientos
Primero, el tribunal explicó que el 7 de noviembre de 2021, Saavedra Sáez manejó sin licencia de conducir y en estado de ebriedad (con 0,80 gramos por mil de alcohol en la sangre), un vehículo modelo Nissan por la ruta V891 de Calbuco. Tras perder el control del auto, chocó con un montículo de tierra y fue fiscalizado por Carabineros.
Respecto al homicidio, los hechos se desarrollaron durante la madrugada de 16 de enero de 2022 en el estacionamiento de la discoteque “Ritual” de Calbuco.
Allí, “premunido de un arma blanca tipo cuchillo, con ánimo de matar, se lo enterró en diversas partes del cuerpo a (…) de 18 años de edad, provocándole diferentes heridas en la zona torácica, causándole entre otras lesiones cortantes, una herida cortopunzante vertical de 6 centímetros de profundidad, y una herida cortopunzante penetrante cardíaca que le causó la muerte momentos más tarde”, detalla el fallo en su contra.
Además, el fallo menciona que, junto a una tercera persona, atacó con un arma blanca a una segunda persona, a la que le causaron “cuatro heridas en la zona pectoral, esternal, epigástrica y costal, que le produjeron un período de incapacidad laboral y funcional de al menos 26 a 28 días, que pudieron provocarle la muerte de no mediar atención médica oportuna”.
Tras los hechos, que fueron presenciados por Nicolás Soto, este le proporciona un medio de huida a través de un vehículo Lexus conducido por él.