Una buena noticia recibió el gobierno el viernes pasado, cuando Contraloría evacuó un informe dirigido al Tribunal Constitucional, a propósito del requerimiento que un grupo de diputado de oposición presentó por el decreto 778 del Ministerio del Interior, que estableció una visa consular para los inmigrantes haitianos. El informe fue positivo para el Ejecutivo, quien defiende la legalidad de la norma.

En el documento, el ente fiscalizador argumentó que en su momento tomó razón del decreto pues "se ajustaba a derecho" y que "no se observa un trato arbitrario ni discriminatorio hacia los ciudadanos haitianos que sustente un reproche de constitucionalidad de la decisión, sin perjuicio de las consideraciones sobre el mérito de la medida de política migratoria que, legítimamente, puedan sostener los requirentes".

El decreto 776 sobre el cual radica la controversia consta de un artículo único que plantea "como requisito para el ingreso al país con fines de recreo, deportivos, religiosos u otros similares, la obtención de un Visto Consular de Turismo Simple con derecho a ingreso y permanencia en Chile en tal calidad, por el periodo legal que corresponda, a todo ciudadano haitiano que desee ingresar al país, sin propósito de inmigración, residencia o desarrollo de actividades remuneradas".

Ante los reclamos de la oposición de que el decreto no contaría con la fundamentación suficiente para su dictación, la Contraloría establece que éste "sí contiene las razones fácticas y los fundamentos jurídicos que conducen a su dictación" y que "los motivos de hecho expresados en el acto administrativo son lícitos y se ajustan a la finalidad prevista por el legislador al consagrar la atribución legal en examen, de modo que no se configura la supuesta falta de motivación alegada".

Luego, al tratar otro de los argumentos de los parlamentarios opositores -la supuesta vulneración del artículo 19 número 2 de la Constitución, que asegura a todas las personas la igualdad ante la ley-, el ente dirigido por Jorge Bermúdez aseveró que la Carta Fundamental "permite establecer diferencias, con la condición de que en ningún caso ellas puedan ser arbitrarias".

"El cuestionamiento a la supuesta desigualdad que generaría el decreto es, en el fondo, un reproche a la constitucionalidad del decreto ley N°1.094, de 1975, que consagra esta atribución y que siempre supondrá aplicar el requisito de ingreso a los nacionales de un país en específico. En efecto, el control de constitucionalidad de la norma con rango de ley constituye un aspecto que escapa a la Contraloría en el control preventivo de juridicidad de los actos administrativos", dice.

Y agrega que "en cualquier caso, habiéndose ejercido la atribución legal cumpliendo con los requisitos previstos al efecto, no se observa un trato arbitrario ni discriminatorio hacia los ciudadanos haitianos que sustente un reproche de constitucionalidad de la decisión, sin perjuicio de las consideraciones sobre el mérito de la medida de política migratoria que, legítimamente, puedan sostener los requirentes".

Por último, la Contraloría concluye que el requerimiento "plantea objeciones sobre el mérito de la decisión de política migratoria adoptada por la Administración activa, aspecto que excede el control de juridicidad del acto administrativo y que, por tanto, no fue objeto de revisión por esta Contraloría".