La Contraloría General cuestionó la procedencia de la decisión del Ministerio de Transportes de aplicar restricción permanente limitada a un dígito a los vehículos catalíticos el pasado invierno.
El organismo emitió un dictamen sobre esta materia el 11 de enero. En el texto, la entidad hizo notar que el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana establece que dicha restricción debe contemplar dos dígitos diariamente, para abarcar una mayor proporción del parque vehicular.
El pronunciamiento del ente fiscalizador se dio luego una presentación realizada por la ONG Fiscalía del Medio Ambiente, que consultó si era legal la medida adoptada por Transportes. También pidió aclarar la legalidad de la restricción al interior del anillo Américo Vespucio, y si este tipo de decisiones debe adoptarse con un informe técnico que las respalde.
La Contraloría señaló que la determinación de circunscribir la restricción a un dígito "contraría la lógica de implementación de un plan (de descontaminación) de estas características".
La entidad agregó que "no resultó procedente que al establecer la prohibición de circulación, la Seremi de Transportes definiera en carácter de excepción solo un dígito diario". "No es posible entenderla como una excepción, sino que como alteración a la regla", recalcó.
El ente contralor enfatiza que ahora a Transportes "le corresponde ajustar su actuación al criterio señalado". Hasta esta noche, ni el Ministerio de Transportes ni el de Medio Ambiente habían dado una versión sobre el tema.
El exsubsecretario de Transportes Carlos Melo recalcó que el Plan de Descontaminación aprobado durante el gobierno pasado dejó establecida la restricción. "Es ilegal que la actual administración flexibilizara esta medida, porque el espíritu del plan era precisamente sacar la mayor cantidad de automóviles posibles de las calles, para disminuir las emisiones".