Casi al cierre del primer día de la Convención, Constanza Hube, profesora de Derecho y constituyente por Chile Vamos se acercó al vicepresidente de la instancia, Jaime Bassa y le entregó el documento, “Normas para los primeros 30 días de funcionamiento de la Convención Constitucional”. El texto fue elaborado por Rodrigo Álvarez, Marcela Cubillos, Hube en el rol de coordinadores, y que además integran Cristián Monckeberg, Harry Jürgensen, Hernán Larraín, Ricardo Neumann, y Ruggero Cozzi.

Respecto del funcionamiento del pleno de la Convención, las normas provisorias señalan que las reuniones se realizarán en el edificio del ex Congreso, en horas y días hábiles, y en las cuales todos los constituyentes sesionarán “iguales en jerarquía, deberes, obligaciones y derechos”.

Estas reuniones se realizarán los martes, miércoles y jueves de cada semana y cada convencional tendrá 15 minutos para intervenir en el Pleno con el objeto de plantear una exposición introductoria. Eso, “mientras el reglamento se encuentre pendiente de sanción”. En su tercer punto, el texto señala que los Comités de Convencionales serán la instancia que permita una coordinación entre la mesa y la convención.

Estos comités estarán conformados por 11 o más convencionales, y cada uno deberá designar un jefe y un subjefe. Este último podrá participar de las votaciones en caso de que el jefe se vea impedido de hacerlo. Añade que todos los convencionales deben ser parte de un comité y que cada uno de estos grupos representará tantos votos como convencionales lo integren.

Estos tendrán como atribuciones “realizar la propuesta de miembros integrantes de las Comisiones; incorporar cambios a las tablas que proponga la Mesa; acordar citaciones en días y horas de las sesiones; las demás que se le conferirán en el Reglamento”.

Además, los representantes de los comités no podrán adoptar acuerdos fuera de sus reuniones, ni podrán adoptar acuerdos sin la presencia de representantes de dos tercios de los convencionales.

Los acuerdos se adoptarán con el voto a favor de dos tercios de los convencionales -salvo que el Reglamento requiera un quórum especial- y ningún convencional podrá oponerse a los acuerdos adoptados por la unanimidad de los comités.

Comisión de Reglamento y Participación Ciudadana

En su punto cuarto, las normas provisorias indican que durante la segunda sesión del pleno, los comités determinarán proporcionalmente los miembros de la Comisión de Reglamento.

Se indica que esta, “estará integrada por 30 Convencionales Constituyentes y tendrá un plazo de 30 días para presentar una propuesta de Reglamento al Pleno”.

Además, se constituirá una Subcomisión de Participación Ciudadana -de manera provisoria mientras no se apruebe el reglamento-, que estará integrada por 50 convencionales elegidos por los respectivos comités.

Su objetivo será “proponer a la Comisión de Reglamento un capítulo de Participación Ciudadana enfocada en una adecuada participación de la ciudadanía en el proceso de discusión de la Nueva Constitución”, así como “recibir propuestas, comentarios y opiniones de la sociedad civil; establecer canales de información al público sobre el trabajo de la Convención y supervisar su correcto funcionamiento.

El documento propone también que las sesiones del Pleno serán grabadas y transmitidas en directo por las plataformas que disponga la Subcomisión de Participación Ciudadana.

Además, desglosa las funciones de la comisión de reglamento interno. Propone que esté formada por jefes y subjefes de los comités. La misión de la comisión será analizar y resolver los asuntos internos propios del funcionamiento de la Convención, con las facultades de supervigilar el orden administrativo e interno de los servicios de la Convención, regular el uso de los espacios para el funcionamiento de la Convención, y las que determine el propio reglamento

Se plantea un Comité Externo de Asignaciones que administre las asignaciones. Este comité debiera estar integrado, según el texto, por “un ex parlamentario que se haya desempeñado como tal por al menos 8 años; y un exministro de Hacienda o un exdirector de Presupuestos; y un ex Consejero del Banco Central”.

Entre las características importantes es que sus integrantes, “serán inamovibles, salvo que incurran en incapacidad o negligencia manifiesta en el ejercicio de sus funciones, así calificada por dos tercios de los convencionales en ejercicio, a petición de a lo menos un Comité”.