Corte de Apelaciones rechaza solicitud de desafuero contra el gobernador de Ñuble

Óscar Crisóstomo
Foto: Gobernación Ñuble

El tribunal de alzada señaló que los antecedentes "no satisfacen el estándar de convicción" tanto en lo concerniente a la existencia del delito previsto como en lo relativo a la participación que como autor se le atribuía a la autoridad regional.


La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó la solicitud del Ministerio Público de desaforar al gobernador de Ñuble, Óscar Crisóstomo Llanos, imputado como autor del delito de cohecho entre particulares.

En su fallo, el tribunal de alzada estableció que en esta etapa procesal no existen antecedentes suficientes para hacer lugar a la formación de causa en contra del gobernador.

“Estos sentenciadores concluyen que los antecedentes invocados por el Ministerio Público recabados en la investigación iniciada en el mes de mayo de 2021, no satisfacen el estándar de convicción que exige el artículo 140 del Código Procesal, tanto en lo concerniente a la existencia del delito previsto y sancionado en el artículo 287 bis del Código Penal, como en lo relativo a la participación que como autor se le atribuye en tal ilícito al actual Gobernador Regional”, plantea el fallo.

Y añade: " Tal conclusión se sostiene en que, por una parte, no existe mérito probatorio para atribuir al señor Crisóstomo Llanos, la calidad de empleado o mandatario que el tipo penal exige en el sujeto activo, ni tampoco puede tenerse por justificado que el pago pactado por los servicios prestados a la Entidad de Gestión Rural Acoge Asesorías y Consultorías Ltda., y a la constructora Firenze Limitada, pueda calificarse como una solicitud o aceptación dolosa de un beneficio económico para favorecer en el ejercicio de sus labores la contratación de un oferente por sobre otro”.

El abogado asesor jefe de la Fiscalía Regional de Ñuble, Francisco Soto Donoso, indicó que evaluarán presentar un recurso de apelación ante la Corte Suprema.

“El día de hoy la Corte de Apelaciones de Chillán dio lectura al fallo que resolvió la solicitud de desafuero presentada por el Ministerio Público. El fallo resolvió rechazar esta solicitud (...) y nosotros vamos a evaluar este fallo en su contenido para efectos de decidir si presentamos un recurso de apelación ante la Corte Suprema”, detalló.

La solicitud de desafuero buscaba poder formalizar al gobernador regional por delitos de corrupción entre particulares cuando cumplía funciones como mediador entre el Serviu y los beneficiarios de proyectos habitacionales.

¿De qué se le acusaba?

Desde el Ministerio Público explicaron que el delito indagado se concretó antes de que la autoridad asumiera su cargo. Según la imputación, actuando como particular en la gestión de un proyecto de viviendas rurales, en mayo de 2019, Crisóstomo habría aceptado recibir 22 millones 950 mil pesos, a cambio de favorecer la contratación de una empresa, en desmedro de otros potenciales oferentes para ejecutar la construcción de las casas y de los propios intereses de 17 beneficiarios de subsidios habitacionales del Estado.

Además, en la causa existe una querella presentada por un particular en contra de Crisóstomo y otras personas, que incluye el hecho por el que se pedía el desafuero y también otros que se encuentran aún en investigación y que no son parte de esta solicitud planteada ante el tribunal de alzada.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.