Corte falla contra Sharp y lo obliga a informar sobre sumarios de acoso y maltrato laboral

Jorge Sharp

El municipio había presentado un reclamo de ilegalidad contra el Consejo para la Transparencia por supuesta vulneración de la privacidad de los afectados. Ahora tiene cinco días hábiles para entregar la información solicitada, siempre y cuando no presente un recurso de queja a la Corte Suprema.


La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó este jueves un reclamo de ilegalidad que había presentado en junio la Municipalidad de Valparaíso en contra del Consejo para la Transparencia (CPLT), luego que éste la obligara a entregar información sobre sumarios por acoso sexual y maltrato laboral -que solicitó una ciudadana- con el resguardo de tarjar datos personales y sensibles.

En específico, la reclamante había pedido a la alcaldía, vía Ley de Transparencia, conocer el total de sumarios iniciados contra funcionarios y exfuncionarios municipales, de planta y a honorarios, por maltrato laboral, acoso laboral, acoso sexual y discriminación entre 2017 y 2022.

El municipio, liderado por su alcalde Jorge Sharp (Ind.), se había negado, argumentando no disponer “de personal exclusivo para atender ese proceso”.

Lo anterior motivó a la ciudadana a presentar un recurso de amparo al Consejo, el que resolvió acogerlo parcialmente y obligó a la municipalidad a informar sin individualizar a los afectados, en un plazo de cinco días. En respuesta, la alcaldía acusó al CPLT de ilegalidad ante la Corte, argumentando que la solicitud “representa una infracción flagrante a la privacidad de los afectados en los sumarios”.

Sin embargo, el tribunal de alzada rechazó el reclamo de ilegalidad, considerando que “una vez afinados los sumarios administrativos, se trata de información de carácter público y que, habiéndose ordenado previamente tarjar los antecedentes sensibles, no existiría afectación alguna a las garantías alegadas”.

El presidente del Consejo para la Transparencia, Francisco Leturia, comentó que “hay pocas cosas en las que haya una jurisprudencia tan uniforme como los sumarios por casos de acoso. Deben ser públicos, son de las cosas donde más se justifica la transparencia”.

Leturia agregó que “todo el mundo tiene derecho a ir a los tribunales y defenderse. Pero los órganos del Estado deben tener un estándar mayor. Gastar recursos públicos y ocupar tiempo de tribunales en causas con poco sustento, y que terminan generando dilación y afectando los derechos de la gente, es algo que debería tomarse más en serio. No pretendo ni regañar ni influir las decisiones de estrategia judicial del municipio, pero me gustaría saber si de verdad piensa que las causas por acoso deben mantenerse en la opacidad”.

Luego de este fallo, el municipio tiene cinco días hábiles para entregar la información a la reclamante, siempre y cuando no presente un recurso de queja a la Corte Suprema.

En el municipio están analizando el fallo y se evalúa, sin queja mediante, la entrega de la información.

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