Corte le da tres días a juez Urrutia para explicar por qué no se inhabilitó para ordenar allanamiento de Vivanco

Daniel Urrutia

Asimismo, también se le ordena "abstenerse de intervenir" en la causa contra la suspendida ministra.


Abtenerse de intervenir en la causa contra Ángela Vivanco y entregar un informe en tres días fue la orden que dictó la Corte de Apelaciones de Santiago al juez Daniel Urrutia. Esto, luego de que la semana pasada la defensa de la suspendida ministra Vivanco solicitara la recusación del juez luego de que visara una orden de entrada y registro en el domicilio de la magistrada, la cual se materializó finalmente la noche del lunes 16.

Según detalló La Tercera, el requerimiento de la defensa se basaba en que Urrutia habría mantenido conductas que “representan una evidente falta de imparcialidad” dado que mantendría “enemistad, resentimiento u odio” hacia Vivanco.

“Se solicita la recusación del magistrado ya individualizado en razón de la causal N°16 del artículo 196 del Código Orgánico de Tribunales, que establece las causales de recusación y dispone: ‘Son causas de recusación: tener el juez con alguna de las partes enemistad, odio o resentimiento que haga presumir que no se halla revestido de la debida imparcialidad’”, indicaba el documento presentado por la defensa de la magistrada.

Esta jornada, los ministros de la Corte de Apelaciones Alejandro Rivera, Sandra Araya, y el abogado Jorge Gómez, dictaron la resolución sobre la solicitud de parte de la defensa, ordenando finalmente a Urrutia no intervenir en la causa.

“Para estos fines preliminares se advierte que en la presentación efectuada se ha invocado causa legal y se describen hechos que eventualmente podrían constituirla y los mismos han sido debidamente especificados, de manera que se satisfacen, en esta fase, las exigencias contempladas en el artículo 119 del Código de Procedimiento Civil”, se indicó.

Por estas razones, “se declara bastante las causal de recusación esgrimida” contra Urrutia.

“Póngase esta declaración previa en conocimiento del juez del referido tribunal para que en conformidad a lo que ordena el artículo 120 del Código de Procedimiento Civil y 75 del Código Procesal Penal, se abstenga de intervenir en la causa respectiva, mientras no se resuelva este incidente”, se indica en el documento.

Asimismo, también se solicita un informe al juez Urrutia “al tenor de la recusación formulada en su contra”. Este documento, se señala, deberá ser entregado en un plazo de tres días.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.