Corte Suprema acoge recurso y ordena cambio de sexo registral
La fecha del fallo coincidió con el día en que fue promulgada la Ley de Identidad de Género, lo que le permitirá a los mayores de 18 años cambiar de nombre y sexo registral si no se identifica con ellos.
El día de hoy la Corte Suprema acogió el recurso de casación deducido y ordenó cambiar el sexo registral que corresponde con la identidad de género de un individuo que lo había solicitado.
En fallo dividido, la Cuarta Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Ricardo Blanco, Andrea Muñoz, Ángela Vivanco y los abogados (i) Leonor Etcheberry e Íñigo de la Maza– revocó la sentencia impugnada, dictada de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había accedido solo al cambio de nombre registral solicitado, tras establecer, al igual que en fallo de mayo pasado, que se vulneran los derechos fundamentales de las personas transexuales al mantener el sexo registral, pese a su identidad de género diverso.
"Esta discordancia entre la identidad de género de una persona y su sexo biológico, en lo que consiste la transexualidad, implica para aquella estar en una situación que muchas veces le provoca una grave angustia, por ejemplo, al no contar con un documento de identidad que sea coherente con su apariencia externa, o no tener los medios y/o recursos para someterse a una cirugía de reasignación sexual, o las posibles dificultades para sufragar, lo que puede derivar en deterioros en el ámbito relacional social, laboral, u otras áreas importantes de la vida. De esta manera, queda en evidencia que la transexualidad o transgenerismo no refiere sólo a preferencias o deseos, sino y mucho más, a una necesidad asociada con la identidad, la calidad de vida y los derechos del sujeto", se expresa en el fallo.
Según el documento, la decisión fue tomada con el voto en contra del ministro Blanco.
Coincidentemente, este recurso de casación fue acogido el mismo día que Sebastián Piñera promulgó la Ley de Identidad de Género, la que permite que las personas mayores de 18 años puedan hacer su cambio de sexo registral y de nombre si no se identifican con ellos. Los jóvenes entre 14 y 18 años también lo pueden hacer, pero deben contar con autorización de sus padres o tutor legal.
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