Corte Suprema anula decreto del alcalde Jadue que ordenaba demoler edificio en Recoleta

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Daniel Jadue. Foto: AGENCIAUNO

El máximo tribunal estableció este viernes que la orden de demolición del Conjunto Armónico Bellavista, ubicado en Dardignac 44, firmada por el alcalde en 2019, es ilegal. Sin embargo, condicionó la recepción final de una torre de 19 pisos a una rampa de acceso vehicular que aún no está habilitada.


Tras años de juicios entre Desarrollo Inmobiliario Bellavista y la Municipalidad de Recoleta, la Corte Suprema zanjó este viernes 5 de enero la polémica sobre la torre del Conjunto Armónico Bellavista (CAB) y anuló el decreto firmado por el alcalde Daniel Jadue (PC) el 1 de febrero de 2019 que ordenaba la demolición de un edificio de 19 pisos.

“Se acoge la reclamación deducida por Desarrollo Inmobiliario Bellavista S.A., sólo en cuanto se deja sin efecto el Decreto Exento N° 365/19, suscrito por el alcalde de Recoleta el 1 de febrero de 2019, que ordenó la demolición de las construcciones emplazadas en calle Dardignac N° 44″, dice el fallo de reemplazo de la Suprema, adoptado por cuatro votos a uno, que revirtió un dictamen anterior de la Corte de Apelaciones que había rechazado el recurso de ilegalidad de la inmobiliaria en junio de 2022. El tribunal consideró que la decisión de demolición “aparece como desprovista de fundamento o motivación”.

“Hemos llegado al final de este proceso. La Corte Suprema resolvió que teníamos la razón y que el decreto de demolición del alcalde Jadue era ilegal, poniendo fin a años de arbitrariedades municipales. Este fallo devuelve la esperanza a 260 familias que llevan 12 años esperando por habitar los departamentos que adquirieron y que no han podido habitar por no haber sido recepcionados por la Municipalidad de Recoleta”, señaló Christian Espejo, abogado de la Inmobiliaria Bellavista. “Este fallo demuestra que nunca debió haberse dictado un decreto de demolición y que no podrá dictarse tampoco uno en el futuro, con lo que se cierra la discusión”, agregó Espejo.

El fallo, sin embargo, ratificó el rechazo de la municipalidad de Recoleta a otorgar la recepción municipal de la obra, ya que el EISTU (Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano) del proyecto, aprobado por la Seremi Metropolitana de Transportes, consideró, como medida de mitigación, una rampa de acceso vehicular por Avenida Pío Nono que, actualmente, no se encuentra habilitada.

“La recepción definitiva parcial de las obras del edificio emplazado en calle Dardignac N° 44 no puede ser concedida, al no haberse ejecutado todas las medidas de mitigación ordenadas en el EISTU del proyecto, carencia que implica un riesgo para el interés público subyacente vinculado con el expedito tránsito vehicular por las vías circundantes al CAB”, determinó la Suprema.

La pugna entre la empresa y el alcalde tuvo su inicio en 2017. Ese año, se presentaron dos querellas en contra del jefe comunal después de la que la Municipalidad de Recoleta rechazara la solicitud de recepción de las obras del Conjunto Armónico Bellavista, edificio de 19 pisos emplazado en la calle Dardignac y de propiedad de dicha inmobiliaria.

La primera acción judicial en contra del alcalde de Recoleta fue presentada por el ahora exconcejal Salvador Smok Allemand (UDI) por el delito de negociación incompatible y, subsidiariamente, de negociación incompatible mediante tráfico de influencia. A lo que sumó una querella de la propia empresa, representada por Francisco Walker y Gonzalo Rodríguez. Los dos acusaron el otrora candidato presidencial de prevaricación administrativa.

Desde entonces, la causa sumó sumado recursos y acciones judiciales de parte de la autoridad comunal y de la propia empresa, llegando incluso a la Corte Suprema.

El sobreseimiento de Jadue

En septiembre de 2023, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó el sobreseimiento del alcalde de Recoleta, rechazando el recurso de apelación del exconcejal Smok Allemand y la querella de la propia empresa, representada por Francisco Walker y Gonzalo Rodríguez, quienes acusaron al alcalde de Recoleta de prevaricación administrativa.

“Recordemos que el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, confirmó la falta de coherencia en la acusación que los querellantes pretendieron forzar, aún cuando la propia Fiscalía de alta complejidad Centro-Norte, desde el año 2020, tenía la convicción de no perseverar en la investigación, pues tanto el Municipio como su Alcalde actuaron en completa legalidad”, indicó la Municipalidad de Recoleta en un comunicado en esa ocasión.

“Nuevamente los querellantes insisten en hacer un mal uso de los recursos públicos e instrumentalizar a la justicia, tratando de forzar una acusación carente de argumentos y coherencia con su propia querella”, añadió el Municipio en su momento.

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