Desaforada: Suprema quita inmunidad parlamentaria a Cordero y senadora Campillai puede seguir adelante con juicio por injurias
En los próximos días se dará a conocer el texto íntegro de la sentencia. Por otro lado, el Tribunal Oral en lo Penal de San Bernardo rechazó la solicitud de revisión de sentencia y penas que hizo la defensa del excarabinero Patricio Maturana, condenado como autor del delito de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas por el caso de la integrante de la Cámara Alta.
La Corte Suprema confirmó este lunes el desafuero de la diputada María Luisa Cordero en el marco de la querella por injurias con publicidad interpuesta por la senadora Fabiola Campillai en contra de la psiquiatra.
En decisión de mayoría, el Pleno del máximo tribunal, luego de escuchar los alegatos de las partes, determinó confirmar la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que el 20 de junio pasado privó de inmunidad parlamentaria a la diputada.
Así, la legisladora desaforada queda suspendida y pierde el derecho a votar en cualquier proyecto e intervenir en las discusiones en el hemiciclo. La medida no afecta su dieta parlamentaria.
El caso
“Ella tiene un ojo bueno, ella no es totalmente ciega”, había asegurado la diputada independiente Cordero en declaraciones al programa Sentido Común de radio El Conquistador en marzo de este año, refiriéndose a la senadora Campillai.
“Tiene un ojo que le funciona y el otro día un cabro la pilló hablando por celular en un pasillo, le tomó una foto y la subió a las redes. Ella no es ciega total”, aseguró la legisladora que integra la bancada de Renovación Nacional en la Cámara Baja.
La senadora perdió la visión en sus dos ojos, además de los sentidos del gusto y el olfato, por el impacto de una bomba lacrimógena que fue disparada contra su rostro cuando esperaba el transporte público mientras se desarrollaba una manifestación en San Bernardo, el 26 de noviembre de 2019.
El excapitán de Carabineros Patricio Javier Maturana Ojeda fue condenado a 12 años y 182 días de presidio en calidad de autor del delito consumado de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas por el caso. Este lunes, el Tribunal Oral en lo Penal de San Bernardo rechazó la solicitud de revisión de sentencia y penas que hizo la defensa del exuniformado.
Frente a las declaraciones de la psiquiatra en el programa radial, la senadora Campillai presentó una querella por el delito de injurias graves con publicidad y solicitó a la Corte de Apelaciones de Santiago el desafuero de la diputada el 27 de abril de este año. La acción fue acogida por el tribunal de alzada (con el voto de 23 ministros a favor y sólo dos en contra).
Por ello, el equipo jurídico de Cordero presentó un recurso de apelación en la Corte Suprema para evitar que la diputada sea encausada. Los abogados de la psiquiatra sostienen que no habría un procedimiento penal que habilite el desafuero, no existiría mérito para que se configure el delito de injurias graves y que se estaría conculcando la libertad de expresión de su representada.
En el escrito señalaron que no había dolo tras sus expresiones pues se habría limitado a reproducir lo que terceros habían manifestado.
Este lunes, el máximo tribunal concretó la revisión de la apelación. El abogado Carlos Cortés Guzmán expuso en favor de la diputada por 30 minutos y la abogada María Alejandra Arriaza lo hizo por 20 minutos en contra de la presentación de la defensa.
Tras esa exposición, la Corte Suprema decidió confirmar el desafuero.
En los próximos días se dará a conocer el texto íntegro de la sentencia.
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