Por amplia mayoría: Corte Suprema rechaza la solicitud de remoción de Patricia Muñoz de la Defensoría de la Niñez
El recurso, acogido a trámite en enero pasado, fue presentado por un grupo de parlamentarios de Chile Vamos, quienes cuestionaron el video musical "El llamado de la naturaleza" publicado por el organismo, que consignaba: “Siento que debes empoderarte y volar, saltarse todos los torniquetes”.
Pasadas las 14.00 horas de este lunes, el pleno de Corte Suprema inició la audiencia para analizar la solicitud de remoción de la defensora de la Niñez, Patricia Muñoz. Y tras escuchar los alegatos de ambas partes, el máximo tribunal rechazó el requerimiento.
Según aseguraron fuentes de la instancia a La Tercera, la decisión de desestimar la arremetida de los parlamentarios de Chile Vamos fue casi unánime. Los ministros consideraron que no se configuró causal y otros, dicen estas fuentes, sostuvieron que era una censura.
El requerimiento -firmado por 52 legisladores de la coalición- fue ingresado en diciembre pasado a raíz de la polémica que se generó luego que se difundiera una campaña comunicacional del organismo encabezado por Muñoz, en conmemoración de los 30 años de la ratificación de Chile a la Convención de los Derechos del Niño.
Los cuestionamientos se centraron en un video musical titulado “El llamado de la naturaleza”, específicamente en una de las consignas dirigida a los jóvenes: “Siento que debes empoderarte y volar, saltarse todos los torniquetes”. Dicha frase fue duramente criticada por algunos sectores políticos, que la consideraron como una incitación a la violencia y que llamaba al incumplimiento de la ley, aludiendo a las evasiones masivas en el Metro en octubre de 2019.
Un día después de la divulgación del video, la Defensoría de la Niñez emitió una declaración pública, lamentando que se haya “malinterpretado su contenido”, agregando que “la intención de esta pieza musical está centrada en visibilizar los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes”.
En tanto, en el texto de la solicitud presentada por los parlamentarios se señaló que la defensora “incurrió en una negligencia manifiesta e inexcusable (...) al omitir inexplicablemente sus facultades legales para proteger a niños” y que “lo anterior es agravado por el sesgo puesto en los casos en que decide accionar u omitir acción alguna, demostrando que ejerce su función sin igual celo e imparcialidad”.
La audiencia
En representación de los parlamentarios, el abogado Federico Iglesias afirmó que Muñoz incurrió “en la causal negligencia manifiesta e inexcusable”.
Particularmente refiriéndose al video que motivó la acción de los legisladores oficialistas, argumentó que “la defensora, al tratarse de una campaña comunicacional, debió haber tenido el estándar más alto de criterio (...). Lo que hizo fue supervisar un video, aprobarlo y validarlo en múltiples ocasiones y teniendo tiempo para revisarlo, y este video lo que hace es un llamado a los ciudadanos a infringir la normativa legal”.
También aludió a otras partes de la letra: “Conceptos como ‘violencia sistemática, invisibilización, normalización’, evidentemente no están en el lenguaje de un menor de 8, 9 o 10 años, a los que estaba dirigido el video. Aquí se están promoviendo conceptos ideológicos determinados, afectando los derechos establecidos en la convención (de los Derechos del Niño) (...). El hacer un llamado a la revolución o rebelión conduce y significa una conducta negligente grave por parte de la defensora de la Niñez”.
“Lo que al parecer ha sucedido en este caso es que los diputados han construido su solicitud (...) en base en criterios contingentes y subjetivos, en base a opiniones y simples apreciaciones de lo que a ellos les parece correcto en el actuar de una autoridad con indiferencia de los hechos y del derecho aplicable al caso”, dijo, en tanto, el abogado Luis Cordero en defensa de Patricia Muñoz. Añadiendo que no habían antecedentes que sostuvieran la solicitud.
Antes de referirse al polémico video, el abogado defensor abordó uno de los casos citados el primer capítulo de la solicitud, que involucra un presunto abandono de víctimas en una causa vinculada con miembros de la ex Colonia Dignidad. Lo que fue desmentido por el abogado de víctimas de ese enclave Winfried Hempel, quien aseguró que la defensora actuó de forma oportuna. Dichos que Cordero reforzó ante el pleno.
Se hizo referencia, además, al apoyo del presidente del Comité de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la ONU, Luis Pedernera Reyna, al desempeño del organismo. En un informe que emitió en enero pasado señaló que la Defensoría de la Niñez en Chile cumple con los estándares de la convención.
Por otra parte, sobre la pieza audiovisual, el abogado indicó que “no puede ser considerado una incitación a la violencia o rebelión, sobre todo cuando se hace una cita parcial, cuando la interpretación no se condice con el texto ni se considera el contexto para el cual fue creada y por la naturaleza de la obra que se juzga”.
“El abogado de los diputados le preguntó al presidente del comité de los derechos del Niño (de Naciones Unidas) si acaso no considera que esto era un incentivo a un acto ilegal (...). ‘No, esto es una obra de arte -dijo-. El ejemplo de Chile lo hemos usado en reuniones públicas como una forma de expresión de los niños, niñas y adolescentes, que debe ser reconocido como una forma de protesta y que debe atendida por las autoridades para canalizarla’”, añadió Cordero.
Tras la resolución del pleno de la Corte Suprema, el diputado RN Tomás Fuentes (uno de los impulsores de la acción) sostuvo que “si bien creemos que (Muñoz) es un peligro, tenemos la tranquilidad de que sabe que se pasó una luz roja haciendo proselitismo político, pero que no podrá hacerlo por segunda vez”.
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