Corte Suprema ordena a delegados presidenciales de Arauco y Biobío coordinar acciones para prevenir hechos de violencia

Corte Suprema

La Tercera Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros y ministras Sergio Muñoz, Ángela Vivanco, Adelita Ravanales, Mario Gómez y la abogada (i) María Cristina Gajardo, estableció “el actuar arbitrario e insuficiente de las autoridades recurridas para hacer frente a los hechos delictivos que se reiteran en la zona sur del país”.


La Corte Suprema informó este miércoles que acogió un recurso de protección interpuesto en representación de empresarios, trabajadores y gremios que han sido víctimas de ataques en la macrozona sur y ordenó a los delegados presidenciales de la Región del Biobío, Daniela Dresdner, y de la Provincia de Arauco, Javier Ponce, realizar las coordinaciones pertinentes para evitar hechos de violencia en la zona.

La Suprema informó que la Tercera Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros y ministras Sergio Muñoz, Ángela Vivanco, Adelita Ravanales, Mario Gómez y la abogada (i) María Cristina Gajardo, estableció “el actuar arbitrario e insuficiente de las autoridades recurridas para hacer frente a los hechos delictivos que se reiteran en la zona sur del país”.

El fallo sostiene que “aun cuando se torna evidente el despliegue del esfuerzo significativo realizado durante bastante tiempo por abordar la problemática expuesta, sin duda, la interposición de acciones constitucionales que tienen por propósito denunciar la transgresión de los derechos amparados por la Carta Fundamental, en vista de la continuidad e incluso el aumento de acciones de violencia como las que se denuncian por la parte recurrente, es posible advertir la falta de eficacia de las políticas implementadas para enfrentar este tipo de sucesos”.

En el texto se agrega que “más allá de la indudable necesidad de reparación o compensación en favor de aquellos que se han visto afectados con la ocurrencia de este tipo de hechos delictivos, lo cierto es que no puede perderse de vista que el enfoque primordial debe estar focalizado en la adopción de medidas tendientes a prevenir tales contingencias, puesto que, de ese modo será viable quitar de en medio la necesidad de reparación o, al menos, se reducirá de manera significativa”.

“Como se observa, la impugnación que realiza la parte recurrente, no coloca en entredicho la potestad de las instituciones gubernamentales de adoptar aquellas decisiones que inciden en la resolución de problemas de carácter público, analizando, en primer término, el conflicto suscitado, seguido del estudio de las posibles soluciones y con ello su factibilidad de implementación en pos de desarrollar finalmente un plan de acción de política pública que en gran medida alivie el problema en constante desarrollo”, se añade.

Finalmente, en la resolución se sostiene que “se advierte que la actuación de las autoridades recurridas ha implicado de su parte el desempeño de una facultad, pero, desatendiendo, sin más, la necesidad imperiosa de adoptar tempranamente las medidas conducentes a evitar las consecuencias perniciosas a que se han enfrentado un grupo específico de los habitantes de la Nación, a causa del particular conflicto desarrollado, en especial si como en este asunto se hallan involucradas garantías primordialmente protegidas por el constituyente, como la igualdad ante la ley y la integridad psíquica y física, razón por la cual el presente recurso deberá ser acogido en los términos que se dispondrá en lo resolutivo de esta sentencia”.

El texto, además, especifica que se revoca una sentencia apelada de 13 de octubre de 2021 “y en su lugar se declara que se acoge el recurso de protección, solo en cuanto las autoridades recurridas deberán en un breve plazo, previa coordinación con las carteras ministeriales correspondientes, implementar un plan de medidas que procure la protección eficiente e integral de las personas o grupos sociales que han visto amagados sus derechos, con miras a evitar el acaecimiento de este tipo de sucesos en su contra”.

La noche del martes se registraron cuatro hechos de violencia en las comunas de Curanilahue y Tirúa, en la Región del Biobío, y en Victoria, Región de La Araucanía. En uno de ellos fue encontrado un lienzo con consignas mapuche.

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