Corte Suprema rechaza recursos de nulidad y mantiene condenas dictadas por Tribunal Oral de Angol en caso por homicidio de Camilo Catrillanca

imágenes caso catrillanca

La defensa de siete de los condenados había recurrido de nulidad de juicio. “Esta es la última resolución en este procedimiento, no es susceptibles de otros recursos y por lo tanto con esto se viene a poner término a la investigación y el juzgamiento de estos hechos”, resaltó el fiscal Roberto Garrido.


Como un fallo histórico que fue resuelto por la justicia ordinaria y no por los tribunales militares, calificó el abogado Sebastián Saavedra, representante del adolescente M.A.P.C., lo resuelto por la Segunda Sala de la Corte Suprema que en fallo de mayoría rechazó el recurso de nulidad de la sentencia del Tribunal Oral en lo Penal de Angol condenando a exfuncionarios de Carabineros por la muerte por un disparo en la espalda de Camilo Catrillanca y torturas al menor que lo acompañaba en un tractor la tarde del 14 de noviembre de 2018 en el camino público de Temucuicui en Ercilla.

“Nos mostramos conforme con lo que se ha resuelto, se trata de un fallo histórico, en cuanto se ha confirmado una sentencia que ha impuesto una condena efectiva en contra de los funcionarios de Carabineros responsables de la muerte de Camilo Catrillanca y de los apremios sufridos por mi representado, siendo está la primera vez que funcionarios de Carabineros deben cumplir de forma efectiva las condenas impuestas por el tribunal, considerando que los casos anteriores en el caso de Alex Lemun, Matías Catrileo y Jaime Mendoza Collío, fueron tramitados por la Justicia Militar, lo que significó, derechamente, que no se impusiera ningún tipo de sanción o que se impusieran penas irrisorias, que fueron cumplidas en libertad”, expuso el abogado querellante Sebastián Saavedra.

Por su parte, el fiscal jefe de la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía Regional de La Araucanía, Roberto Garrido Bestler, señaló que “la excelentísima Corte Suprema ha dado a conocer en el día de hoy su resolución respecto de siete recursos de nulidad interpuestos por los condenados en este caso rechazando todos los recursos, confirmando las sentencias condenatorias que el Tribunal Oral en lo Penal de Angol pronunció en este proceso”.

“Esta es la última resolución en este procedimiento, no es susceptibles de otros recursos y por lo tanto con esto se viene a poner término a la investigación y el juzgamiento de estos hechos”, resaltó el persecutor.

En la sentencia dada a conocer este miércoles, la Segunda Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y la abogados (i) Pía Tavolari, descartó infracción de ley en el fallo que calificó los delitos como homicidio simple y que consideró que los imputados actuaron con dolo directo y no eventual al disparar a Catrillanca y al menor de edad que lo acompañaba.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispondrá el cúmplase de las condenas y que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados, para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.

Las condenas

El pasado 28 de enero el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol en fallo unánime condenó al exsargento de Carabineros Carlos Roberto Alarcón Molina a penas efectivas de 11 años y de cinco años y un día de presidio, en calidad de autor del delito consumado del homicidio simple de Camilo Marcelo Catrillanca Marín y del delito frustrado de homicidio simple del adolescente M.A.P.C., respectivamente.

En la causa, el tribunal también condenó al sargento Raúl Evaristo Ávila Morales a dos penas de cumplimiento efectivo de tres años y un día de presidio, como autor de los delitos consumados de apremios ilegítimos y disparo injustificado; además deberá purgar 61 días de presidio por obstrucción a la investigación; accesorias legales y el pago de una multa a beneficio fiscal de 2 UTM.

En tanto, el cabo Braulio Andrés Valenzuela Aránguiz fue condenado a penas de tres años y un día y 61 días de presidio, como autor de los delitos consumados de disparo injustificado y obstrucción a la investigación, respectivamente; accesorias legales más el pago de una multa de 2 UTM. Penas privativas de libertad que se le sustituyeron por el beneficio de la libertad vigilada intensiva por el mismo tiempo de las condenas, con plan de intervención individual.

El tribunal condenó al suboficial Patricio Alejandro Sepúlveda Muñoz a 61 días de presidio, a la suspensión de cargos y oficios públicos y el pago de 2 UTM, como autor del delito consumado de obstrucción a la investigación. Pena corporal que se dio por cumplida por el mayor tiempo que el condenado permaneció privado de libertad.

En el caso del cabo Gonzalo Andrés Pérez Vargas, el tribunal lo condenó como autor del delito consumado de obstrucción a la investigación a 61 días de presidio, suspensión de cargos y oficios públicos y el pago de 2 UTM. Pena corporal que se sustituye por la remisión condicional, quedando sujeto a la observación y asistencia de Gendarmería por el plazo de un año.

Asimismo, el tribunal condenó al coronel Jorge Iván Contreras Figueroa y al mayor Manuel Antonio Valdivieso Terán a 300 días de presidio, suspensión de cargos y oficios públicos y el pago de una multa de 6 UTM cada uno, en calidad de autores del delito consumado de obstrucción a la investigación. Penas corporales que se sustituyen por la remisión condicional, quedando los sentenciados sujetos a la observación y asistencia de Gendarmería por el plazo de un año.

Finalmente, el abogado Cristián Eduardo Inostroza Quiñiñir fue condenado a 300 días de presidio, suspensión de profesión titular y de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; más el pago de una multa de 6 UTM, en calidad de autor del delito consumado de obstrucción a la investigación. Pena corporal que se sustituye por la remisión condicional, quedando sujeto a la observación y asistencia de Gendarmería por el plazo de un año.

Comenta

Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.