Tras un año en la cárcel: Corte sustituye prisión preventiva para exalcalde de San Ramón por arresto domiciliario
Miguel Ángel Aguilera permanecerá en su hogar a la espera de la audiencia que se fijó para el próximo lunes, en que se discutirá la posibilidad de que se realice un juicio abreviado solo por el delito de cohecho.
La Corte de Apelaciones de San Miguel cambió la medida cautelar que desde hace ya casi un año se mantiene para el exalcade de San Ramón, Miguel Ángel Aguilera.
Acogiendo un recurso de la defensa del otrora jefe comunal, el tribunal sustituyó por arresto domiciliario total la prisión preventiva que había fijado el 26 de julio de 2021 el 15° Juzgado de Garantía de Santiago, tras la formalización de Aguilera por los delitos de enriquecimiento ilícito, cohecho y lavado de activos.
Aguilera permanecerá en su hogar a la espera de la audiencia que se fijó para el próximo lunes 25 de julio, a las 11.00, en que se discutirá la posibilidad de que se realice un procedimiento abreviado que ofreció el Ministerio Público solo por el delito de cohecho.
Según la información dada a conocer por La Tercera PM, las conversaciones entre la defensa y los querellantes apuntan a que el exalcalde acepte su responsabilidad en los dos casos de sobornos imputados y así se acuerde una condena de 819 días, siete años sin ejercer cargos públicos y una multa de casi $20 millones. Ello abre la puerta a que el 15° Juzgado de Garantía de Santiago acceda a establecer una medida cautelar menos gravosa, considerando el año que lleva Aguilera en prisión preventiva.
Cuando se fijó la prisión preventiva para Aguilera hace un año, la magistrada Marcela Dattas Zapata, explicó que “existen antecedentes que permiten presumir fundadamente” la responsabilidad del exalcade en los delitos imputados.
“Aquí se ha puesto en juego el estado de derecho, se ha puesto en juego la democracia, porque estos son los delitos que hacen a los ciudadanos desconfiar en el sistema, el daño que se genera al estado de derecho es un daño que, estimo, no es posible cuantificar. Aquí claramente son delitos de corrupción”, señaló entonces la jueza.
El lunes de esta semana se realizó una audiencia para revisar la medida cautelar y se mantuvo la decisión de que Aguilera permaneciera recluido en el Centro de Detención Preventiva Santiago Uno. La jueza Lucía Giannini señaló entonces que su libertad sigue constituyendo “un peligro para la seguridad de la sociedad”.
“En primer lugar porque ha sido formalizado por tres ilícitos”, dijo la magistrada, quien agregó: “Considerar el número de delitos, las circunstancias de comisión del mismo. Acá evidentemente tener en cuenta la pena que arriesga por estos ilícitos, principalmente por el lavado de activos. Este ilícito lleva aparejado una pena de presidio mayor en su grado mínimo a medio y multa de 200 a 1.000 UTM”.
Su defensa apeló y logró revertir la medida cautelar.
En fallo dividido la quinta sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel –integrada por las ministras María Teresa Díaz Zamora, Ana Cienfuegos Barros y la abogada (i) Yasna Bentjerodt Poseck– revocó la resolución impugnada, dictada por el 15° Juzgado de Garantía de Santiago, y dejó sujeto a Aguilera a las medidas cautelares de arresto domiciliario total y arraigo nacional.
El tribunal de alzada al justificar su decisión recordó que “el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales solo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento”.
“A su vez, el artículo 139 del referido ordenamiento prevé que la prisión preventiva procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad”, sostiene el fallo.
La resolución, dictada con el voto en contra de la ministra Díaz Zamora, considera “el tiempo que el imputado ha permanecido privado de libertad, las circunstancias atenuantes que lo beneficiarían, así como el hecho de que el Ministerio Público ha ofrecido un procedimiento abreviado respecto de uno de los delitos que se le imputa y la circunstancia que no se ha formalizado investigación en algunas de las otras causas que se siguen en su contra”.
La Fiscalía Metropolitana Sur imputa a Aguilera los delitos de cohecho reiterado, por hechos acontecidos entre 2014 y 2016; enriquecimiento ilícito, que habría ocurrido desde enero de 2013 hasta septiembre del 2017; y lavado de dinero, entre febrero de 2013 y mayo de 2017.
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