Diario Oficial publica decreto de alerta sanitaria por viruela del mono
Seremis de Salud podrán “disponer el aislamiento de las personas que estén infectadas con la viruela del mono, o bien, bajo sospecha de estar infectadas, de tal forma que se procure la contención de la propagación". También podrán “localizar a quienes hayan estado en contacto con personas bajo sospecha de estar infectadas o infectadas” y “disponer de residencias sanitarias para efectuar el aislamiento".
El Diario Oficial publicó este sábado el decreto de la Subsecretaría de Salud Pública del Ministerio de Salud que establece una alerta sanitaria por la presencia de la viruela del mono en el país.
La medida fue anunciada por la ministra María Begoña Yarza y busca reforzar la vigilancia epidemiológica tanto en la red pública como privada de salud.
En el texto en el que se justifica la aplicación de la medida se explica que 17 de junio de 2022 el Instituto de Salud Pública confirmó el primer caso de viruela del mono dentro del país.
Asimismo, señala que a partir de la segunda quincena de mayo 42 países han reportado casos, notificándose un total de 2.103 casos confirmados y 11 casos sospechosos al 15 de junio de 2022 y que “los países afectados por la epidemia incluyen países de estrecha relación con Chile por cercanía geográfica o por flujo frecuente de viajeros como España (313 casos), Portugal (241 casos), Inglaterra (524), EE.UU. (72), Canadá (159), Argentina (3) y Brasil (5)”.
El decreto señala en su primer artículo: “Declárase alerta sanitaria en todo el territorio de la República, para enfrentar la amenaza a la salud pública producida por la propagación a nivel mundial de la viruela del mono”.
En su segundo artículo se define otorgar a la Subsecretaría de Salud Pública “facultades extraordinarias para disponer, según proceda”, de una serie de medidas que implican el uso de recursos humanos y presupuestarios.
Además, en su tercer artículo otorga a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud del país, facultades extraordinarias como la de “disponer el aislamiento de las personas que estén infectadas con la viruela del mono, o bien, bajo sospecha de estar infectadas, de tal forma que se procure la contención de la propagación de dicho virus en lugares previamente definidos por esta autoridad sanitaria”.
También podrán “localizar a quienes hayan estado en contacto con personas bajo sospecha de estar infectadas o infectadas con la viruela del mono” y “disponer de residencias sanitarias para efectuar el aislamiento”.
Revisa el decreto a continuación:
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