La mañana de este jueves, el Diario Oficial publicó la reforma que permite el retiro del 10% de los fondos de las AFP. Esto ocurre luego de que el pasado lunes la Contraloría tomara razón del Decreto Promulgatorio de la Ley, con lo cual sólo faltaba su publicación.
Según apunta el texto promulgado “Excepcionalmente, y para mitigar los efectos sociales derivados del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública decretado a causa del COVID-19, autorízase a los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley Nº 3.500, de 1980, de forma voluntaria y por única vez, a retirar hasta el 10 por ciento de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias”.
Agregando que existirá un monto máximo de retiro “equivalente a 150 unidades de fomento y un mínimo de 35 unidades de fomento”, y explicando que si “el 10 por ciento de los fondos acumulados sea inferior a 35 unidades de fomento, el afiliado podrá retirar hasta dicho monto. En el caso de que los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual sean inferiores a 35 unidades de fomento, el afiliado podrá retirar la totalidad de los fondos”.
De esta forma, la publicación se realiza el mismo día en que comienza el proceso para retirar el 10%; y donde se espera que las personas accedan de forma masiva a las páginas web para realizar la solicitud. Ante esto es que las AFP han tomado una serie de medidas como reforzar los sitios, y aumentar su personal con el fin de evitar el colapso.
La solicitud para retirar los fondos podrá ser realizada por los afiliados hasta 365 días después de publicada la reforma, y estos se entregarán de la siguiente forma: Primero El 50% en un plazo máximo de diez días hábiles de presentada la solicitud, y el 50% restante en el plazo máximo de treinta días hábiles a contar del desembolso anterior.
Para retirar el dinero es que las personas tendrán que llenar un formulario, el cual dictó la Superintendencia de Pensiones, y que será igual en todas las administradoras. Un ejemplo de este fue dado a conocer por la AFP Provida, y puedes revisarlo en el siguiente enlace.