Para la próxima semana quedó pendiente la decisión del ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, con relación a la condena que Mauricio Hernández Norambuena deberá cumplir en Chile.
El exfrentista, conocido como "Ramiro", se encuentra condenado en Chile a dos cadenas perpetuas por el homicidio del senador Jaime Guzmán y el secuestro de Cristián Edwards. En 1996 se fugó de la Cárcel de Alta Seguridad (CAS) y en 2002 fue detenido en Brasil por el secuestro del publicista Washington Olivetto. Desde ese año, Hernández estuvo 17 años recluido en aquel país. Esto, hasta el 20 de agosto pasado, cuando fue extraditado a Chile.
Sin embargo, desde que el exfrentista pisó suelo chileno la discusión se ha centrado en el periodo en que debe permanecer en prisión. De acuerdo al tratado de extradición del Mercosur, Hernández debe cumplir en Chile la pena máxima contemplada en Brasil, es decir, 30 años.
En este sentido, hoy el juez resolvió la primera de las disputas, relacionada a la solicitud de media prescripción que hizo el abogado del exsubversivo, Alberto Espinoza. Esta tiene relación con la posibilidad de rebajar en grados la condena al transcurrir un cierto periodo donde el condenado permanezca inubicado. Sin embargo, Carroza desechó la petición.
"No cabe considerar la petición formulada (...) al no cumplirse con los requisitos, de haber transcurrido menos de la mitad del tiempo necesario para estimar aplicable la institución de la media prescripción, esto es, seis años, cinco meses y nueve días", dijo el magistrado.
Resuelto esto, ahora Carroza debe definir el periodo que abonará a la condena final de Ramiro. Es así que para este lunes se espera que el juez resuelva la resta de los tres años que "Ramiro" estuvo en prisión previo a la fuga, y durante los próximos días determine el periodo de prisión preventiva del exfrentista en Brasil a partir de la solicitud de extradición hecha por Chile en 2002, si es que el juez estima que así ocurrió.
Al respecto, los escenarios que evalúa Carroza podrían ser, por una parte, considerar que ningún año de cárcel en Brasil fue prisión preventiva. En el caso de estimar que sí lo estuvo, debe determinar si son los 17 años que estuvo aprehendido en ese país o aquellos que tardó la aprobación de la extradición, desde que Chile la pidió en 2002. Es decir, dos años desde la petición a la primera autorización en 2004, o cuatro años por la segunda aprobación en 2006.
Según Espinoza, "la propia Corte Suprema brasileña determinó que Mauricio Hernández estaba en prisión preventiva. Ello, además a petición de Chile. Todo esto está considerado en el acta de extradición".