
El portazo de Contraloría a la implementación de armas no letales en inspectores municipales
En medio del debate por las armas no letales, el ente fiscalizador marca un precedente al reafirmar que solo las policías están facultadas para el control del orden público. La resolución, solicitada por La Cisterna, coincide con la discusión legislativa sobre el rol de los municipios en seguridad y pone en jaque la solicitud de alcaldes como el de Lo Barnechea, Felipe Alessandri, quien consultó por el uso del arma BolaWrap.

Por tercera vez en menos de una década la Contraloría General de la República reafirmó su postura: los municipios no pueden adquirir ni entregar a sus inspectores armas no letales.
El más reciente dictamen, fechado el 24 de febrero de 2025, responde a una consulta realizada por la Municipalidad de La Cisterna, encabezada por el alcalde Joel Olmos (ind.), y reitera que las funciones de control del orden público recaen en las fuerzas de orden.
Pero esta no es la primera vez que un jefe comunal insiste en impulsar esta medida a través del ente contralor. Sin ir más lejos, la Asociación de Municipalidades de la Zona Oriente (AMSZO), a través de su presidente, el alcalde de Lo Barnechea, Felipe Alessandri (RN), ingresó una consulta para evaluar el uso del dispositivo BolaWrap.

Si bien dicha solicitud aún no tiene respuesta definitiva, da cuenta de una posición que la entidad fiscalizadora ya ha adoptado con anterioridad: “Los municipios no están habilitados para comprar dispositivos destinados al control del orden público para proporcionar a sus funcionarios”, establece el texto, citando incluso el artículo 101 de la Constitución, que consagra el rol exclusivo de las fuerzas de orden, como Carabineros y Policía de Investigaciones, en esta materia.
Lo único permitido, aclara el dictamen, es la adquisición de elementos de defensa personal para los inspectores municipales, siempre que estos no tengan una finalidad coercitiva o disuasiva activa.
Si bien la resolución no es inédita, llega en un momento en que diversos alcaldes han presionado para agilizar el uso de armas no letales bajo el argumento de proteger a los funcionarios que recorren a diario las calles de las comunas. Pese a ello, desde el gobierno han insistido en que dotarlos de este tipo de elementos podría aumentar el riesgo para su propia integridad.
Dictamen anterior
Ya en 2017 la Contraloría había establecido, a través de un dictamen, que los municipios no pueden dotar a sus funcionarios con herramientas propias de las policías, aun cuando estén pensadas como instrumentos de protección.
Pero esto no quedó ahí. En 2021, mediante otro escrito, se reforzó esa línea argumental, dejando en claro que el uso de cualquier tipo de arma no letal se enmarca en atribuciones policiales que no pueden ser asumidas por funcionarios municipales, por más que colaboren en labores de seguridad.
Con esta tercera resolución, el órgano contralor vuelve a cerrar la puerta a una demanda que ha ido ganando fuerza entre alcaldes y alcaldesas, quienes argumentan que sus equipos de fiscalización enfrentan situaciones de alto riesgo sin herramientas adecuadas para defenderse o actuar ante delitos flagrantes.
Todo esto ocurre mientras en el Senado se discute la Ley de Seguridad Municipal, la cual ya avanzó a la sala incluyendo una indicación presentada por la senadora Paulina Vodanovic (PS) que contempla el uso de pistolas taser.
No obstante, el último dictamen incorpora una precisión que no se había incluido en los anteriores, y que alude directamente a los límites de las propias atribuciones del ente contralor, en específico, a la posibilidad de definir “la naturaleza específica de uno u otro tipo de dispositivos”.
“Atendido su carácter eminentemente técnico y dada la ausencia de normas que regulen en específico dicho aspecto, corresponde a los órganos colegisladores la definición de tal tipo de asuntos”, señala el texto en sus últimas líneas.
Esa es justamente la precisión a la que alude el edil Alessandri, quien señala que “la CGR ha dicho que los municipios pueden adquirir herramientas o armas para sus guardias solo si la ley las identifica como elementos de defensa personal y no para el control del orden público”. En ese sentido, el edil argumenta que “bajo esa lógica cabe preguntarse entonces si las taser o las bolawrap son usadas para el control del orden público. Yo pienso que no”.
Finalmente, se refiere al proyecto que se discute en el Senado, indicando que ”se aprobó una indicación de la senadora Vodanovic que habla específicamente de tres cosas que se pueden usar “para defensa”: taser, aire comprimido y gas pimienta”.
Mientras tanto, la discusión se mantiene en el Congreso, donde continúa en debate la ley que podría redefinir —o mantener— los márgenes en los que pueden actuar los municipios en esta materia.
Sin embargo, la medida también gana detractores, y de manera contraintuitiva algunos provienen del mismo sector que ha impulsado la medida. Es el caso del alcalde de Santiago, Mario Desbordes (RN), quien ha insistido en postergar esta discusión para no seguir retrasando el avance de la tramitación de la ley.

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