El miércoles 29 de noviembre de 2023, el Congreso despachó la Ley de Seguridad Privada luego de 14 años de tramitación.
“Esta nueva ley va a permitir una regulación con los más altos estándares mundiales”, dijo el subsecretario de Prevención del Delito, Eduardo Vergara, ese día en el Congreso.
“Miramos las mejores legislaciones para ponerlas a disposición de una discusión que permitió que tuviéramos una calidad reglamentaria excepcional en este momento. Son 124 artículos y, entre ellos, podremos avanzar en la especialización de los guardias de seguridad, y garantizar un piso de certezas muy importante para el sector “, agregó Vergara, uno de los principales impulsores de la norma.
¿En qué consiste la nueva ley? De acuerdo a esa cartera, el nuevo marco legal “promoverá el rol coadyuvante y complementario de la seguridad privada en relación con la seguridad pública, estableciendo obligaciones específicas para los sujetos y empresas reguladas”.
Asimismo, la norma “actualizará los criterios y el procedimiento para designar entidades obligadas a tener medidas de seguridad”. Además, “modernizará los procesos de certificación de guardias y vigilantes privados, ya que la otorgará la Subsecretaría de Prevención del Delito a través de una plataforma informática administrada por la cartera”.
En específico, la ley señala una serie de exigencias para los guardias. Por ejemplo, los jefes de seguridad deberán acreditar que cuentan con un diplomado de seguridad privada igual o superior a 400 horas académicas, impartido por un establecimiento de estudios superiores o un organismo técnico de capacitación.
“Para estos efectos, se le reconocerá al postulante las horas de preparación que tenga en atención a diferentes cursos de seguridad privada, por ejemplo: 100 horas del curso de formación para ser vigilante privado, 90 horas del curso de formación para ser guardia de seguridad, 120 horas de curso de formación para supervisor de seguridad privada, y otros cursos de seguridad privada que en total sumen 400 horas o más”, dice la ley.
En tanto, tal como es ahora, los guardias de seguridad no pueden ocupar armamento. Deberán tener un curso certificado por la Subsecretaría de Prevención del Delito, deben ocupar uniforme y tener un seguro. El armamento de fuego queda restringido para casos acotados. Por ejemplo, para vigilantes de empresas de transporte de valores.
Agravante penal para quienes ataquen a los guardias
Con todo, la nueva norma establece una agravante penal para quienes ataquen a los guardias privados.
En síntesis, en la actualidad, si un sujeto agrede a un guardia y este termina con lesiones leves, la posible pena máxima es de 540 días. Sin embargo, con la nueva norma esta pena se elevaría a 3 años.
En caso de lesiones de carácter grave, la actual legislación fija como sanción una pena de 3 años. Con la nueva ley, esta pena subiría a 5 años.
De acuerdo a cifras de gobierno, la industria de los guardias privados mueve alrededor de US$2 mil millones de dólares al año. En la actualidad hay 264 mil personas que trabajan de guardia. Es decir, por cada carabinero hay cuatro guardias privados.